Aportes en la WEB
Jueves, 14 de Mayo de 2009Fecha: Thu, 14 May 2009 01:46:07 -0300
Remitente: Gustavo Galván <correo@gustavogalvan.com.ar>
Mi nombre es Gustavo Martín Galván. He estudiado en el ISER dos carreras: la de LOCUTOR NACIONAL y la de OPERADOR TÉCNICO DE ESTUDIOS DE RADIO; carreras para las cuales hay que estar excelentemente preparado culturalmente y cuyos exámenes de ingreso son muy difíciles de aprobar. De miles de aspirantes, sólo ingresarán a la carrera 70 alumnos por año. Uno estudia muchísimo para ingresar y también durante la carrera.
El motivo de este e-mail es que leyendo el proyecto de ley (TITULO X Artículo 138) leo que nuestras profesiones figuran cómo “OFICIOS” lo cual considero realmente agresivo y desprestigiante.
La definición clásica de oficio es la de una profesión que incluye un arte mecánico, como un herrero o un carpintero y no define la profesión de un comunicador social Rigurosamente entrenado e Instruido. Sólo a modo de ejemplo les aclaro que nosotros debemos manejar el español a la perfección, sino que también debemos dominar el Inglés, alemán, portugués, francés e italiano. Este es solo un ejemplo de nuestra preparación. No sólo sabemos hablar bonito, sino que estamos capacitados en las más profundas cuestiones que tengan que ver con la comunicación social.
Otra cosa que e ha molestado de este proyecto es que nunca nos han convocado para su discusión en ningún momento. Es paradójico que hagan tanto hincapié en la participación pluralista; y que ustedes que son los que promueven esta actitud no la lleven a cabo.
Desearía que los locutores seamos invitados a participar de la discusión de esta ley. Muchísimos locutores (probablemente la mayoría) No deseamos que la S.A.L. (Sociedad Argentina de Locutores) nos represente ya que no sentimos que lo hagan de la forma que deberían hacerlo.
A mi me gustaría personalmente que me inviten a sus discusiones, me gustaría aportar a este proyecto desde mi posición de profesional de los medios (2 carreras de comunicación cursadas y finalizadas) y que nuestra profesión sea defendida y tenida en cuenta dentro de este proyecto o de los que se presenten relacionados con los medios audiovisuales.
Espero pronta respuesta. Muchas Gracias.
Atte.
Gustavo Martín Galván
Fecha: Wed, 13 May 2009 20:47:46 +0000
Remitente: Jorge Brizuela Caceres <brizuelacaceres@hotmail.com>
MOCIÓN PRESENTADA el martes 12 de mayo de 2009 en el Teatro Provincial “Víctor María Cáceres” de la ciudad de La Rioja, en oportunidad del Decimosexto Foro Participativo de Consulta Pública sobre la Propuesta de Proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual organizado por el COMFER y la Secretaría de Cultura de la Provincia de La Rioja.
PROPUESTAS A LA PROPUESTA de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual
Voy a entrar en una vieja cuestión, pero estamos hablando de medios de difusión masiva, no de medios de comunicación social, creo que muchos me entienden. Y si no, disculpen la omisión, hay bastantes libros y artículos que refieren al tema, sírvanse consultarlos.
En primer lugar, respecto del artículo 11, los legisladores deben tener en cuenta que muchas provincias no tienen los 500 mil habitantes requeridos, por lo que hay que disponer una delegación por distrito como mínimo. Esto es una cuestión de federalismo, no de números fríos.
En el artículo 23 debe exigirse como requisito que los propietarios cuenten con el aval y asesoramiento (y contratación) de al menos un profesional de la comunicación, egresado de una carrera específica con un plan de estudios no menor a 3 años (locución, producción y dirección, comunicación social, cine y televisión, periodismo, etcétera). Esta persona deberá integrar el cuerpo directivo de la emisora en el máximo cargo técnico, y será el responsable legal del cumplimiento de la normativa vigente, y solo podrá ser reemplazado por un profesional de igual o mayor competencia. En el artículo 42 se debe incluir la no existencia de este profesional como causal de extinción de la licencia. Debe considerarse también algo similar en los casos de las agencias productoras de contenidos y las agencias de publicidad. Exigen esto -es decir, un director técnico profesional- para poner una farmacia o un laboratorio, ¿no será necesario para poner un medio que puede influir por lo menos a miles de personas?
En el artículo 85, debe incluirse a los institutos terciarios y a las universidades que dicten carreras de comunicación como destinatarios de un porcentaje del gravamen, al menos del 5 por ciento, para la adquisición de equipamientos que permitan el dictado de dichas carreras. Si queremos profesionales al frente de los medios de difusión masiva que garanticen la calidad de los contenidos, debemos entre todos garantizar su formación y capacitación.
El modelo de Radio y Televisión Argentina S.E. debe ser tomado por las provincias y municipios para sus propios medios oficiales, de manera que no existan incoherencias respecto de lo que son medios públicos en la Argentina. Creo que el gobernador y los intendentes riojanos van encontrar en este modelo una guía que oriente el permanente vacilar de nuestros medios públicos.
Jorge Rafael Brizuela Cáceres
DNI Nº 23.016.052
Licenciado en Comunicación Social (Egresado en 1998 de la U. N. de Córdoba)
Director de LRA28 Radio Nacional La Rioja (de 2000 a 2003)
Docente de Planificación y Gestión de Medios (IFDAC Prof. Crulcich - desde 2007)
Comentarios al proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual
Autor: Ariel Vittor. (Licenciado en Comunicación Social por la Universidad Nacional de Entre Ríos. Docente de las Universidades Autónoma de Entre Ríos y Católica de Santiago del Estero. Editor de la revista Tiempo de Gestión en UADER)
1. Imprecisiones, recortes y vacíos
Convendría comenzar el análisis del proyecto oficial haciendo una referencia a ciertos claroscuros conceptuales, ciertas imprecisiones y vacíos, que a lo largo del articulado de la ley hacen notorias algunas contradicciones del proyecto oficial.
En primer lugar resulta curioso que, ya plenamente iniciado el siglo XXI, aún se elaboren proyectos de normativas que, pretendiendo legislar sobre la comunicación social, sean incapaces de desarrollar una definición de comunicación que sea lo suficiente-mente abarcativa para comprender la vastedad del término y las muchas dimensiones que esconde su significante. Si pensamos que la comunicación social se limita a los mensajes construidos desde los medios y puestos en circulación, estamos recayendo en viejos y perimidos conceptos. La comunicación no es eso. Su definición comprende no sólo lo que difunden los medios masivos, sino también los imaginarios sociales, la memoria, la educación, la producción cultural, la ideología, las representaciones, los mitos, las mentalidades, los espacios y las tecnologías de una sociedad. Además, la comprensión de estos temas requiere su puesta en un marco histórico.
El reduccionismo conceptual provoca que el proyecto oficial de Ley de Comunicación Audiovisual incurra en un notorio silencio sobre la legislación del libro, tan ausente, tan demandada y tan postergada en Argentina. Si se piensa entonces que una ley puede refundar un sistema de medios de comunicación portando un aparente estandarte inclusivo, pero al mismo tiempo ignorando la producción editorial libresca, estará naciendo con carencias que se notarán más adelante. Es poco serio que el proyecto de ley considere a los partidos de fútbol como espectáculos de interés público pero no tenga un apartado dedicado a la producción de libros en la Argentina. Si no se contempla la producción editorial como una parte del sistema de comunicación en la Argentina no logra-remos pensar un sistema de comunicación nacional integrado.
Otras ausencias resultan dignas de señalarse cuando se constata que el proyecto de ley no dedica ningún apartado a los servicios de internet. Es de pobre consideración pensar que se puede estructurar un sistema nacional de medios con ignorancia de la red de redes. Por un lado, esa tecnología tiene una fuerte inserción en los consumos culturales argentinos (las estadísticas comparativas con América Latina así lo demuestran). Por otro, la creciente interconectividad entre medios y la subsiguiente traslación o adaptación de contenidos de uno a otro hacen imperiosa la inclusión de esa tecnología como una parte del proyecto de ley en cuestión.
Del mismo modo, el hincapié en las cuotas de producción audiovisual nacionales (sin negar su carácter imprescindible) no puede soslayar el hecho de que es necesario pensar en una producción audiovisual de carácter continental latinoamericano. Y esto no solamente para no contradecir los declarados objetivos de rescatar la identidad latinoamericana, sino también para lograr la necesario economía de escala que requiere la producción audiovisual y cultural. La proyección continental es una cuestión del largo plazo. El proyecto Telesur, inteligentemente generado desde Venezuela, contó con un apoyo menos que tibio de parte de Argentina. ¿Por qué una iniciativa tan interesante para dotar de voz a los que le han perdido merced a la concentración monopolística del fundamentalismo neoliberal, ha merecido tan escasa valoración de parte de la política comunicacional del estado argentino?. No sabemos si el tiempo perdido en dilaciones podrá recuperar las potencialidades de Telesur. Pero está claro que la ausencia de una decidida proyección latinoamericana en el proyecto oficial es una carencia que luego se volverá notoria. Los pulpos multimedia internacionales no piensan en términos de fronteras nacionales. Una legislación que pretenda enfrentarlos (y ese pareciera ser el saludable espíritu de este proyecto) debe pensar también hacia fuera de esas fronteras. El capital globalizado sólo puede enfrentarse en el plano internacional, y en el caso de este proyecto de ley, convendría empezar a pensar en acciones comunicacionales de proyección continental.
También es contradictorio que el proyecto no se moleste en contribuir a la jerarquización de los comunicadores sociales profesionales universitarios, formados en su inmensa mayoría por universidades nacionales. No basta con enunciar casi como al descuido que se hará una jerarquización laboral de los trabajadores de los medios. Se trata de instaurar la legitimidad de un campo profesional mediante el decisivo reconocimiento de las competencias de los sujetos en cuestión y de sus derechos laborales. Es insólito que la ley invoque a la normativa que protege al trabajador cuando en realidad los trabajadores de los medios se encuentran entre los más desprotegidos. En ninguna parte del proyecto de ley se obliga a los concesionarios titulares de licencias de radiodifusión a contratar profesionales del campo de la comunicación. Los comunicadores sociales tampoco tienen una representación claramente delimitada en los órganos que la ley crearía (Defensoría del Pueblo, Consejo Federal de Comunicación Audiovisual, Consejo Asesor del Audiovisual y la Infancia).
Para finalizar este apartado, digamos que el proyecto de ley acota sus fuentes conceptuales a otras normas extranjeras. No hay en principio nada malo en ello. Pero sucede que una ley no se construye solamente con otras leyes. Aún si pensáramos que la polifonía del proyecto se arma solamente con otras tramas textuales (sin considerar los aspectos no reductibles al mero discurso) veríamos cuán notorio es en el proyecto la ausencia de citas y remisiones a autores de peso que han pensado los fenómenos de la comunicación de masas. La ausencia de grandes autores también es notoria en el proyecto.
2. El concepto de Derecho a la Información
Cuando se lee detenidamente el proyecto oficial de servicios de comunicación audiovisual, llama la atención el desmedido hincapié que en él se hace sobre el concepto de derecho a la información. La desmedida apelación a éste concepto deja oculta gran parte de la trama de intereses puestos en juego, dado que la formulación del derecho a la información es reductiva en este campo. El derecho a la información postula que el acceso a la información es el principal problema a atender en este campo. En este esquema, de raigambre liberal decimonónica, el acceso se facilitaría con la proclamación del derecho universal a la información. Pero el problema principal no es el de la accesibilidad de los sujetos a la información, sino la imposibilidad de los sujetos populares de constituirse como emisores de mensajes. Antonio Pasquali, ex subdirector general de UNESCO para el sector Comunicaciones, acierta cuando dice al respecto: “una de las víctimas más ilustres de tal indefinición terminológica es el derecho a la información del que tanto se habla, escribe y legisla… (pero) una genuina democratización de la relación comunicacional (que como tal es biunívoca y recíproca) no es aquella que se limita a asegurar más y mejor acceso a fuentes informativas preestablecidas sino la que -tras constatar la existencia de un importante déficit de participación social en la conducción activa de los sistemas mediáticos- tiende a asegurar a los diferentes estamentos de una sociedad más capacidad de producción y emisión de mensajes.” (Pasquali, 2004).
Plantear entonces que todos los sujetos de una sociedad deben tener derecho a la información sin tocar la estructura de medios de comunicación, es un objetivo básica-mente conservador porque congela en sus posiciones estructurales a emisores concentra-dos y activos por un lado y a receptores dispersos y pasivos por otro. La pregunta que hay que plantearse es cómo pasar del derecho a la información al derecho a la comunicación entre los seres humanos. Y esto equivale a plantearse cómo desmontar la concepción de la comunicación hegemónica, heredera de la concepción liberal que detiene la libertad de expresión en la libertad de empresa, para hacer de la comunicación (como concepto superador de la información) un verdadero derecho humano.
Lograr este pasaje supone hacer de los meros receptores pasivos, potenciales emisores activos. “El problema de una mejor relación democrática entre poderes, medios y sociedad tiene su principal solución en una mayor participación ciudadana pero entendiéndola como habilitación del ciudadano, el grupo y la nación a ejercer (…) algún rol de productor y emisor de mensajes.” (Pasquali, 2004). En otras palabras, se trata de que los sujetos asuman la construcción de sus propios discursos, para que puedan mostrarse a sí mismos y conocer a otros sujetos sociales, refundando la comunicación social. Como se ve, no se trata de un mero problema de accesibilidad, sino de la tarea (imponente, por cierto) de construir una nueva ciudadanía comunicativa, en donde los pueblos tengan la capacidad (técnica, económica y educativa) de representarse a sí mismos y no ser espectadores pasivos de lo que otros dicen de ellos.
Esta nueva ciudadanía llevaría a un quiebre de la representación que los domina-dores han construido de los dominados. Esto no es menor si se tiene en cuenta que, como dice Patrick Champagne, “si esta representación deja poco lugar al discurso de los dominados, es porque éstos son particularmente difíciles de escuchar. Se habla de ellos más de lo que ellos mismos hablan, y cuando se dirigen a los dominantes, tienden a emplear un discurso prestado, el que éstos emiten a su respecto.” (Champagne, en Bourdieu, 2002, p. 55).
Parte de la tarea consiste entonces en multiplicar los emisores y revertir la tendencia a la concentración de los medios de comunicación, concentración que ha restringido el abanico de voces que hace a la pluralidad democrática. Es cierto que el proyecto oficial pretende enfrentar la concentración de los medios. Pero para lograr esto, no basta con el texto de una ley. Es preciso que haya una política que haga que los sectores populares puedan convertirse efectivamente en productores y difusores de información. El art. 2 del proyecto, que plantea conceptualmente un acceso más equitativo a nuevas frecuencias deja sin respuesta la pregunta de cómo se reconfiguran nuevos actores sociales para intervenir en la esfera pública vía la comunicación de masas. Ciertamente, el acceso equitativo tiene que ver con condiciones materiales y no con enunciados legales, tema sobre el que volveremos más adelante.
Pasar del derecho a la información al derecho a la comunicación como derecho humano, es una tarea que implica una subversión: hay que conferir poder y voz a quienes no tienen ni uno ni otra. Esa sería una revolución en el modo de pensar y ejercer la comunicación.
3. La cuestión del financiamiento
Las políticas de mercantilización de la cultura y de retiro de apoyo a las producciones independientes han sido la puerta abierta por la cual el mercado se ha colado en la producción cultural, instaurando un dominio que cada vez encuentra menos límites. “Las preocupaciones comerciales y en particular la búsqueda del beneficio máximo a corto plazo se imponen más y más en el conjunto de las producciones culturales.” (Bourdieu, 2003 p. 94.). Al igual que en otras esferas de la vida material y simbólica, también en la cultura el capital consigue que los sujetos se plieguen plásticamente a su dominio.
La centralidad de la cuestión del financiamiento se percibe con mayor claridad si se observa el característico caso de las salas de cine alternativo de Argentina, condenadas a vegetar o colapsar ante la ausencia de incentivos reales para la producción independiente. La accesibilidad a las frecuencias planteada en clave liberal no soluciona el achicamiento de las producciones alternativas.
Sobre este aspecto, la pregunta que hay que formularle a la propuesta de ley sería: ¿de dónde saldrán los fondos que permitirán garantizar las producciones independientes?. En principio parecería que la tarifa social que establece el art. 26 y los gravámenes del art. 84 serían las herramientas de recaudación. La pregunta es si la recaudación emergen-te de allí sería suficiente. Para el caso de las universidades que decidan tener sus propias estaciones de radio o televisión, no está claro si esa recaudación será suficiente. Es más, resultaría grotesco que en momentos en que los presupuestos destinados a ciencia e in-vestigación alcanzan niveles muy reducidos del PBI, aparezca como dudosa compensación algún dinero para crear un canal de televisión. Está claro que las universidades necesitan antes que nada resolver otros problemas presupuestarios (como el del salario de sus docentes) antes de incursionar en el espectro audiovisual.
Sin un rediseño de la estructura impositiva de la comunicación audiovisual en Argentina que incluya gravámenes a las grandes cadenas de medios, no será posible plantear una política de promoción de los prestadores independientes para quienes se abrirá el acceso a frecuencias. ¿Será suficiente con las tarifas que prevé el proyecto oficial?
En la misma dirección de nuestro razonamiento, es que no tiene sentido establecer límites a la contratación de publicidad (cap. 8, art. 69 y ss. del proyecto) si al mismo tiempo se empuja a los medios independientes a volverse dependientes de la publicidad como única fuente de financiamiento. Decir que los medios independientes podrán con-tratar publicidad equivale a decir que, más tarde o más temprano, estarán librados a sus propios recursos. Es decir, que se verán arrojados a la misma lógica reproductiva del capital que hemos denunciado como riesgosa y que amenaza lo poco que aún sobrevive de producción cultural independiente.
El texto de la ley se convertirá en papel mojado si no se puede garantizar de alguna manera, la supervivencia material de los medios independientes.
4. El mercado y su dominio
El gran interrogante que entonces se dibuja es hasta dónde llegará el dominio del mercado y qué áreas de la sociedad podrán permanecer a salvo de su imperio. Esta cuestión no puede eludirse en la formulación de un proyecto de ley que tenga que ver con la comunicación audiovisual en la Argentina.
Quizás sería oportuno volver a Pierre Bourdieu, quien retoma esa pregunta completándola con la certera observación de que las producciones artísticas y culturales se conformaron en la Modernidad precisamente a partir de una abierta tensión con el merca-do. Dice Bourdieu: “únicamente podemos comprender realmente lo que significa la reducción de la cultura al estado de producto comercial si recordamos cómo se constituye-ron los universos de producción de las obras que consideramos universales (…) Todas las obras expuestas en los museos, todas esas obras de la literatura que se convirtieron en clásicos, todas esas películas conservadas en las cinematecas y en los museos del cine son el producto de universos sociales que se conformaron de a poco, liberándose de las leyes del mundo ordinario y en particular de la lógica del beneficio.” (Bourdieu, 2003, pp. 95 y 96). Es decir, que lo distintivo de la producción cultural es precisamente que no fue asimilable a la producción de mercancías. Se trata de dos lógicas productivas enfrentadas.
En el momento actual, la creciente mercantilización de la noticia rompe con el viejo criterio de su relevancia social o su verosimilitud. Ya no se trata de si algo es verdadero o falso, o cuán relevante es para una sociedad. La conversión de la noticia en mercancía le impone un sello preciso: debe generar ganancia. Ryszard Kapuscinski lo ha explicado así: “Las tecnologías punta han provocado una multiplicación de los media. ¿Cuáles son las consecuencias? La principal es el descubrimiento de que la información en una mercancía cuya venta y difusión pueden proporcionar importantes beneficios. Antaño el valor de la información iba asociado a diversos parámetros, en particular al de la verdad. También se concebía como un arma que favorecía la lucha política (…) Hoy todo ha cambiado. El precio de la información depende de la demanda, del interés que suscita. Lo que prima es la venta. Una información será juzgada sin valor si no consigue interesar a un público amplio.” (Kapuscinski, 2002). Este trascendental cambio hace que la persecución desenfrenada del rating y el máximo beneficio sean las metas finales de la producción de noticias.
La mercantilización de la noticia resiente sensiblemente la producción informativa. Las banalidades y frivolidades inundan la programación con propuestas alienantes. Esto habilita a pensar, junto con Noam Chomsky, que “los medios de masas de verdad intentan básicamente distraer a la gente (…) con escándalos sexuales o con las personalidades y sus problemas o algo así. Cualquier cosa, siempre que no sea seria.” (Chomsky 1997).
Es este dominio del mercado precisamente lo que pondrá en jaque cualquier intento de reforma a través de una nueva legislación. Como vimos en el capítulo anterior, existen razones para pensar que la fuerte presión del mercado sobre la producción cultural no está del todo conjurada en el proyecto oficial.
5. La discursividad dominante
La hegemonía del mercado a la que aludimos se manifiesta (y al mismo tiempo se esconde) tras la cortina de un régimen discursivo. El proyecto de ley se enfrenta a la nada sencilla tarea de quebrar la discursividad dominante, es decir cambiar el protocolo de lectura cultural que habilita a decir o mostrar ciertas cosas y a ocultar o silenciar otras en la producción cultural. Entiendo que el protocolo de lectura dominante en los medios audiovisuales es el del espectáculo puesto a su vez en escena por la lógica del capital.
Fue Guy Debord quien en “La sociedad del espectáculo”, definió este concepto: “El espectáculo no es un conjunto de imágenes, sino una relación social entre personas mediatizadas por imágenes (…) El espectáculo comprendido en su totalidad, es a la vez el resultado y el proyecto del modo de producción existente. No es un suplemento al mundo real, su decoración añadida. Es el corazón del irrealismo de la sociedad real. Bajo todas sus formas particulares, información o propaganda, publicidad o consumo directo de di-versiones, el espectáculo constituye el modelo presente de la vida socialmente dominan-te…” (Debord, 1995, ítemes 4 y 6). En la concepción de este autor, el espectáculo no es algo meramente añadido a la mercancía sino que es el centro mismo de la producción del capital. La espectacularización de la sociedad alcanza todos los rincones de la vida cotidiana y propone una nueva alineación en donde todas las experiencias directas se desdoblan en una representación. Esta sociedad del espectáculo no es una mera derivación de las sociedades avanzadas, sino que es la principal construcción del capital en su fase de desarrollo mundial y en el momento de la revolución de las comunicaciones. La sociedad del espectáculo es la espectacularización de las mercancías y su consumo.
Ya los francfortianos habían iniciado la denuncia sobre la apropiación de la cultura por la civilización capitalista. “La trascendencia cualitativa y crítica de la cultura está siendo eliminada y lo negativo integrado en lo positivo. Los elementos de oposición de la cultura se ven disminuidos así; la civilización toma, organiza, compra y vende cultura; ideas sustancialmente no operativas y no conductistas se traducen a términos operativos y conductistas, y esta traducción no es simplemente un proceso metodológico, sino un pro-ceso social e incluso político.” (Marcuse, 1970)
Desmontar entonces la sociedad del espectáculo guiada por la lógica del capital implica una movilización general de la opinión pública que permita quebrar la discursividad dominante. Para ello es preciso registrar el dato de que se está en presencia de una opinión pública que lleva décadas de derrota y apatía, que se traducen en escaso interés hacia las cuestiones públicas. Por si fuera poco esa opinión pública apática y desmovilizada no es una estructura impoluta, sino que ha sido construida precisamente así por la cultura dominante espectacular. La apatía y la dispersión de la opinión pública argentina son problemas a conjurar para la consolidación de cualquier proyecto de cambios progresistas.
Como se ve, la tarea de quebrar una formación cultural no se resume en promulgar una nueva norma jurídica. La sola redacción de una ley no es suficiente para modificar un conjunto de prácticas culturales ya instauradas en una sociedad a través de su devenir histórico. En otras palabras, una ley no puede borrar con su mero articulado una relación de fuerzas inscripta en la sociedad. En el fondo, una ley traduce en palabras escritas un cierto equilibrio de fuerzas sociales. Aquí, se trataría de retomar la huella señalada por Michel Foucault de “mostrar no sólo cómo el derecho es en general el instrumento (de la) dominación - lo que es evidente- sino también cómo, hasta dónde y bajo qué formas el derecho (y cuando digo derecho no pienso simplemente en la ley, sino en el conjunto de aparatos, instituciones, reglamentos que se aplican al derecho) transmite, funcionaliza relaciones que no son exclusivamente relaciones de soberanía sino de dominación.” (Foucault, 1992, p. 144).
Por otro lado, la tarea de romper la lógica del capital y la sociedad del espectáculo no debe confundirse con episódicos rescates culturales que suelen desbarrancarse en mitologías y tradicionalismos telúricos. En este aspecto, el proyecto de ley puede caer en el equívoco de pretender el resurgimiento de identidades culturales supuestamente inalteradas a lo largo del tiempo, que ahora podrían resurgir milagrosamente gracias a los me-dios promovidos por el proyecto. Plantear de este modo la cuestión es ignorar que ya no es posible hallar culturas populares inalteradas e impolutas, fieles por entero a sus orígenes. Las formaciones culturales tienen la influencia no sólo de los medios masivos sino fundamentalmente la del capital. “No hay culturas campesinas incontaminadas, salvo en regiones extremadamente pobres donde el capitalismo se ha dedicado sólo al usufructo y la destrucción. Las culturas urbanas son una mezcla dinámica, un espacio barrido por los vientos de los mass media; lo que en algunos países fue cultura obrera ha sido erosionada por las transformaciones productivas (…) Culturas populares: no existe ese artefacto en estado puro.” (Sarlo, 1994, p. 109). Cuando un descendiente de indoamericanos intenta venderle una artesanía a un turista, la lógica que organiza su puesta en escena es la lógica del capital, no la de un rescate cultural inverosímil en tal circunstancia. De lo que se trata es de hacer que la lógica del capital deje de hegemonizar la producción cultural.
Si no se desmonta la sociedad del espectáculo, los sectores alternativos que deberán tomar en sus manos la construcción de una nueva estructura de la comunicación social pueden acabar reproduciendo el régimen discursivo dominante, con lo cual la reforma acabaría colapsando por las mismas fuerzas que desataría.
El principal problema entonces es formar nuevos sujetos sociales que participen de una nueva ciudadanía comunicacional. Ciertamente, la promoción del acceso de nuevos sectores sociales a la titularidad de licencias de medios es una disposición claramente progresista en el proyecto de ley, pero que debe complementarse con la formación de nuevos sujetos sociales. Ahora bien, esto no parece tener una dimensión central en el articulado del proyecto, a punto tal que una somera lectura del art. 3 revela que en ninguna parte de su redacción se dice que los medios pueden tener un rol activo en la formación de sujetos críticos, como si desde un primer momento esa tarea quedase fuera del horizonte del sistema de medios.
Por lo mismo que venimos diciendo, el proyecto oficial debiera ser capaz de expresar una lectura crítica de los regímenes discursivos de cada medio, es decir del modo en que cada medio condiciona al mensaje mismo. La falta de esta visión crítica podría empujar al proyecto al borde de una tecnofilia ciega que ponga en manos de los medios la solución a distintos problemas, sin pensar en las lógicas comunicativas propias de cada medio.
Finalmente, la batalla contra el régimen discursivo dominante llevaría también al replanteo de la existencia del COMFER. No se trata de reestructurar una institución ya transida por dispositivos y técnicas vinculadas al ejercicio del poder, la vigilancia y el control, sino de dispersar una estructura edificada y definida por esos dispositivos. En ese tipo de instituciones es donde el poder se observa en la crudeza de su ejercicio mismo como producto de una relación de fuerza. Enfrentar la incidencia del poder en los medios de comunicación podría empezar por el cuestionamiento mismo a los organismos encargados de su vigilancia y control, localizando los espacios de ejercicio reticular del poder, soslayando para ello teorías generalizadas, y asumiendo la capilaridad del poder denunciada por Michel Foucault. “Será necesario saber bien hasta dónde se ejerce el poder, por qué conexiones y hasta qué instancias, ínfimas con frecuencia, de jerarquía, de control, de vigilancia, de prohibiciones, de sujeciones. Por todas partes en donde existe poder, el poder se ejerce (…) Y si designar los núcleos, denunciarlos, hablar públicamente de ellos, es una lucha, no se debe a que nadie tenga conciencia, sino a que hablar de este tema, forzar la red de información institucional, nombrar, decir quién ha hecho, qué ha hecho, designar el blanco, es una primera inversión del poder…” (Foucault, 1992, p. 85).
6. La utopía de la sociedad de la información
El proyecto oficial de servicios de comunicación audiovisual, claramente progre-sista en muchos aspectos, no puede despegarse totalmente de la utopía de la sociedad de la información. Vieja idea ésta de lograr una aldea global (la expresión es de Marshall Mc. Luhan) mediante el uso de redes y sistemas informacionales de alcance mundial, su poder cautivante no ha cedido en el imaginario social. Así también parece haber insufla-do aliento a este proyecto de ley, que en su art. 3, inc “e” expresamente declara que la ley se propone contribuir a la construcción de una sociedad de la información.
Digamos en primer lugar que la UNESCO ya ha abandonado el concepto “socie-dad de la información” para reemplazarlo por el de “sociedad de la comunicación”, en-tendiendo que los intercambios humanos no pueden reducirse conceptualmente a emisiones y recepciones de datos.
Pero la gravosa utopía ha reaparecido en el proyecto de ley, pretendiendo que un nuevo sistema de medios ayudará a la educación popular. Y seguramente que será de gran ayuda, siempre que la concepción que anime el proyecto no sea la de una fascinación tecnológica reductible a la idea de “computadoras con internet para todos”, porque eso seguramente no redundará en un cambio superador de la educación en Argentina. Es cierto que desde sitios virtuales pueden “bajarse” contenidos y actividades para utilizar en las aulas (aunque su aplicación es más que dudosa), pero unos y otros suelen ser fragmentarios, descontextualizados y estandarizados. El sistema educativo atraviesa una crisis que no se resuelve en la estrechez de las aulas sino en el horizonte más amplio de las relaciones sociales. Fenómenos decisivos para la educación como la pobreza, la des-igualdad en el acceso a los bienes materiales y simbólicos, la desocupación y la falta de expectativas en los más jóvenes no se resolverán incorporando computadoras o televiso-res en las aulas.
Desde los medios se puede ayudar a la escuela, siempre que no haya un desliza-miento hacia la ingenuidad de creer que pueden reemplazarla o que los problemas educativos tendrán una pronta y fácil solución inundando las aulas de pantallas. El pensamiento abstracto construido por la palabra escrita sigue siendo la ruta del conocimiento, mal que les pese a los jóvenes que se aburren en las aulas. En “Tiempo presente”, Beatriz Sarlo sostiene al respecto que “la argumentación, el discurrir lingüístico, la escritura, son, hasta nuevo aviso, indispensables en el mundo del trabajo y de la política. El adiestramiento como espectadores de televisión puede ser usado por la escuela sólo hasta un cierto punto. Luego los espectadores deben convertirse en lectores y la página más sencilla ofrece dificultades que exigen instrumentos distintos a los adquiridos en la video-cultura.” (Sarlo, 2002, p. 102).
Aún cuando pueda reconocerse una modificación en la estructura productiva y en los modos de acumulación, desplazando a la antigua sociedad industrial por una sustentada en los servicios, el eufemismo de la “sociedad de la información” oculta en realidad a una sociedad construida y reglada por el capital. Y quizás, ahora más reglada que nun-ca.
7. Conclusión
Se ha pretendido en este documento formular algunos aportes conceptuales para el proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Conviene rescatar en esta conclusión el indudable logro de haberse arribado a la redacción de un proyecto de ley que deberá reemplazar a la obsoleta e ilegítima norma de la dictadura del Proceso, formulada con un horizonte progresista de necesarias reformas. En líneas generales, el proyecto demuestra potencialidades interesantes que no deberíamos despreciar.
Por otro lado, entendemos que proyecto se beneficiaría incorporando algunas dimensiones que aquí se ha pretendido mostrar. Además de subsanar algunas contradicciones, es preciso avanzar hacia un concepto de derecho a la comunicación que sea más abarcativo en términos sociales y que permita el real ejercicio de la comunicación. En el camino, también hay que desmontar una lógica que es la del capital, que ha demostrado su dominio material y simbólico y que acecha detrás de algunos vacíos de la ley. Final-mente, la tarea de construir una lógica superadora y un nuevo régimen discursivo implicarán una batalla que no puede darse desde el mero reciclaje de utopías dibujadas por el capital sino desde una profunda crítica social que pueda también galvanizar nuevas energías sociales.
Como sostiene Enrique Bustamante, “en resumidas cuentas, si no hay acceso general a la información y la comunicación de calidad no es posible defender, ni siquiera teóricamente, el mito fundador de la igualdad de oportunidades que basamenta toda democracia. Pero su realización efectiva y su peso referencial han de estar basados tanto en la independencia y el pluralismo del servicio público como en la autonomía financiera que sólo el dinero público puede asegurar.” (Bustamante, 2003).
Una nueva ley para la comunicación en Argentina es harto necesaria. El tono general progresistas del proyecto oficial merece elogio y requiere apoyo, pero entiendo que el conjunto del mismo se vería beneficiado con algunas consideraciones como las que aquí he querido aportar.
8. Bibliografía consultada
- Althusser, Louis: Ideología y aparatos ideológicos de estado. Buenos Aires, Nueva visión.
- Bobbio Norberto: El futuro de la democracia. Buenos Aires, Fondo de Cultura Económica, 1993.
- Bourdieu, Pierre: La miseria del mundo. Buenos Aires, Fondo de Cultura Económica, 2002.
- Bourdieu, Pierre: Pensamiento y acción. Buenos Aires, Del Zorzal, 2003.
- Bustamante, Enrique: “¿Y la función social de los medios?”, en revista electrónica Etcétera, oct. de 2003.
- Chomsky, Noam: “¿Qué hace que los medios convencionales sean convencionales?”. Charla en el Zmedia Institute, junio de 1997.
- Chomsky, Noam: “Consentimiento sin consentimiento: la uniformación de la opinión pública.” S/d.
- Chomsky, Noam: “El control de los medios de comunicación.” S/d.
- Debord, Guy: La sociedad del espectáculo. La Marca, 1995.
- Foucault, Michel: Microfísica del poder. Madrid, La Piqueta, 1992.
- Kapuscinski, Ryszard: “¿Reflejan los medios la realidad del mundo?”, en revista elec-trónica Etcétera, noviembre de 2002.
- Marcuse, Herbert: “Notas para una nueva definición de la cultura”, en Ensayos sobre política y cultura, Barcelona, Ariel, 1970.
- Pasquali, Antonio: “El paso a la modernidad: por una nueva relación poder-medios-sociedad”, en revista electrónica Etcétera, México, agosto de 2004.
- Ramonet, Ignacio: “El periodismo del nuevo siglo”, en Le Monde Diplomatique S/d.
- Sarlo, Beatriz: Escenas de la vida posmoderna. Buenos Aires, Ariel, 1994.
- Sarlo, Beatriz: Tiempo presente. Buenos Aires, Siglo XXI, 2002.
- Sin mención de autor: Propuesta de proyecto de ley Servicios de Comunicación Audio-visual. Buenos Aires, 2009.
Fecha: Tue, 12 May 2009 14:38:53 -0300
Remitente: <contacto@hablemostodos.gov.ar>
Email:julio.ruvira@gmail.com
Estoy leyendo la ley de manera apresurada, por lo que tal vez mi sugerencia ya esté contemplada. Considero importante reglamentar la manera en que se comunican las limitaciones de un producto o servicio publicado: me refiero a la “aceleración” con que se mencionan en muchos avisos radiales, y a la velocidad y tamaño de la tipografía en anuncios televisivos. Por ejemplo, podría establecerse que la altura mínima de la tipografía no sea menor al 2% (cifra arbitraria) de las líneas de resolución (para abarcar todas las resoluciones disponibles). Asimismo, la compresión digital de las señales deberá permitir la adecuada visualización de la tipografía (cuando los caracteres se desplazan muy rápidamente, la compresión utilizada suele distorsionarlos mostrando artefactos que impiden la lectura). También la conversión de normas y sistemas atenta contra la visualización de textos que se desplazan horizontalmente, debido a la diferencia de cuadros por segundo (25, 30) De paso, veo que algunas operadoras de cable y satélite convierten y retransmiten en NTSC/30cps señales originadas en PAL/25cps. Esto significa una pérdida de calidad de la señal original (menor resolución), por lo que considero importante reglamentar la selección de norma/sistema a transmitir por las operadoras de cable y/o satélite.
FORO DE MEDIOS DE COMUNICACION DEL INSITUTO
NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION LA XENOFOBIA Y EL
RACISMO - DELEGACIÓN JUJUY
DOCUMENTO FINAL SOBRE APORTES PARA EL PROYECTO DE LA NUEVA LEY DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
-Sobre el artículo 4: no se mencionan las radios comunitarias, ni se define como se incluirían en los gravámenes, los cuales según la ley se publicarían en Internet, pero se debería buscar la forma de que esa publicación sea accesible para tod@s ya que Internet no es de uso gratuito.
-Sobre el articulo 22: no se especifica las caracterizaciones y tipologías de los prestadores de servicios de radiodifusión y medios audiovisuales, a las radios comunitarias y canales comunitarios, como expresa la propuesta de La Asociación Mundial de Radios Comunitarias de América Latina y el Caribe (AMARC -ALC); la Asociación Latinoamericana de Educación Radiofónica (ALER); y el Foro Argentino de Radios Comunitarias (FARCO), haciendo visible también a las comunidades rurales y originarias.
-Sobre el Articulo 69: la norma no hace referencia a la publicidad oficial. En tal sentido se considera que si bien la pauta estatal es materia de regulación de otra norma, - que debería definir el concepto, los objetivos, los mecanismos de asignación y de control de la misma- podría incluirse alguna referencia en el Art. 69 del proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. A propósito se propone que se incluya en el art. 69:
* “La publicidad oficial que se emita debe estar claramente definida como tal en su presentación y debe reunir los requisitos establecidos por una ley especial, a los efectos de evitar su uso discrecional como propaganda de gobierno “.
En este sentido, entendemos que urge una legislación sobre pauta oficial que evite que su asignación funciones como una censura sutil para el sistema de medios audiovisuales. Sin la sanción de una norma especial, existe el peligro cierto de que se obture el cumplimiento de los objetivos de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
A propósito también entendemos que debe legislarse sobre acceso a la información pública, una de las materias previstas en la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Al respecto abogamos por la sanción de una ley nacional que funcione como norma de presupuestos mínimos y que garantice el derecho de todos/as de acceder a la información en poder de los tres poderes del estado nacional, provincial y municipales, así como a la información que brindan las empresas de servicios públicos, aún las privatizadas y las entidades que gestionan fondos provenientes del erario público. La ausencia de normativa vuelve reclamativo uno de los objetivos de la Ley de SCA, respecto al acceso a la información.
-Sobre el articulo 85: para evitar prácticas monopólicas, el 33% de los fondos debe garantizarse, se debe explicitar como se aplicarán los fondos y de que tipo son los proyectos digitales. También garantizar la normalización de los estatutos de interés. No es suficiente el porcentaje de fondos destinado.
Sobre el financiamiento de los medios y servicios comunitarios (de zonas urbanas, periurbanas y rurales) debido a que prestan otros servicios además de radiodifusión y servicios de comunicación audiovisual (desarrollo comunitario, educación, promoción de derechos, etc), garantizar su financiamiento a través de subsidios, colaboraciones, proyectos, etc, que deben generarse de un tributo a los radiodifusores privados comerciales (con fines de lucro y ganancia) y multimedios que sea progresivo y equitativo según la titularidad de frecuencias, señales y medios, y que no tengan necesidad y tampoco intenciones (económicas, políticas y culturales) de apoyar y acompañar procesos de desarrollo social (educación, cultura, derechos, etc) y si destinarlos a otros medios que prestan otros servicios además de los de información y radiodifusión.
-Sobre el capitulo “De la prestación de la actividad de los servicios de comunicación audiovisual”: la titularidad y otorgamiento de las licencias y habilitaciones para la prestación de estos servicios por parte de instituciones civiles, se debería expresar que deben tener reconocimiento jurídico y trayectoria y experiencia comprobable (cinco años por lo menos) en materia de desarrollo comunitario, educación, promoción de derechos, etc. Los servicios enmarcados en esta tipología o características, deben, además de prestar servicios comunicacionales, otros vinculados a la compensación y apoyo a las políticas públicas, debido a su ausencia y/o carencia en las comunidades con las que trabaja (capacitaciones, educación, salud, derechos, organización comunitaria, trabajo, desarrollo social, entre otras), exceptuar las fundaciones vinculadas a empresas grandes y/o partidos políticos, relacionadas con los medios de comunicación, por ejemplo Fundación Noble, Fundación La Nación, etc.
-Sobre el titulo uno: “Disposiciones Generales”: se debería explicitar que se garantiza en cada institución y área pensada para fiscalizar, controlar y aplicar, y por sobre todo para su constitución, la participación de mayorías vinculadas a las asociaciones de personales de la comunicación, sindicatos de prensa, representantes de universidades, reservando un gran porcentaje para la participación ciudadana expresada en los radiodifusores comunitarios de instituciones civiles que desarrollen actividades afines, más allá de los poderes del estado representado en estos estamentos (Legislativo y Ejecutivo). Entendiendo esto, se sugiere que tanto el denominado AUFER y la Defensoría de la Audiencia sea un cuerpo colegiado con fuerte presencia y dirección de profesionales universitarios de la comunicación y representantes referentes comunitarios idóneos en las temáticas, para coordinar, dirigir, las acciones de los cuerpos y que tengan comprobable experiencia no solo académica y científica en los medios, sino también experiencias en desarrollo local, comunitario y que no este vinculado con partidos políticos, poderes del estado, etc.
-Que la ley exprese claramente y de forma diferenciada la erradicación de prácticas comunicacionales discriminatorias que se enmarcan en la difusión de estereotipos de cualquier grupo humano por características reales o imaginarias, sean estas del tipo que fueren, sean estas positivas o negativas, y se vinculen a características innatas o adquiridas.
En las áreas en que se dan estas prácticas discrimintatorias en el tratamiento de la información son, a saber:
.Etario: en relación con la edad de los grupos victimizados, sean niñas/os y adolescentes, que sean tenidos en cuenta en esta nueva ley no como audiencias, sino como sujetos de derechos y que el tratamiento de la información que se realice en los medios de comunicación esté enmarcada en la Convención de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, evitando la estigmatización y criminalización, sobre todo de l@s adolescentes.
En esta misma área se encuentran las/os adultas/os mayores quienes también deben ser tenidos en cuenta, a la hora de construir la información y las programaciones respetando sus derechos.
* Identidad Sexual: En función de los modos de “normalización” de la identidad sexual y los efectos que de ella se derivan, realizar también un tratamiento de la información con un lenguaje no discriminatorio, que evite que se identifique a este grupo con la violencia, la delincuencia, etc. A veces el hecho noticioso en sí no debe aclarar la identidad sexual de la o las persona/s involucradas.
* Migrantes y Refugiados: por las características de las políticas migratorias y de las políticas de asilo, evitar la estigmatización de estas personas, utilizar un lenguaje no discriminatorio, mencionar la nacionalidad solo si es necesario.
* Personas con Discapacidad: si bien la ley contempla la accesibilidad de estas personas a los medios de comunicación, lo que implicaría la utilización de soportes especiales (sistema braille, sonidos, etc), también se hace necesario incluirlos como constructores de la información, como posibles propietarios de licencias para desarrollar un proyecto comunicacional, lo cual implica también la provisión, por parte de los medios de tecnología adecuada.
* Religión: en lo que hace a la “normalización” de una creencia religiosa y/o la estigmatización de cualquier otra práctica religiosa o modo de espiritualidad, al igual que en lo explicado anteriormente, utilizar un lenguaje no discriminatorio, etc.
* Situaciones particulares: respecto de cualquier otra especificidad de las prácticas sociales discriminatorias, no contempladas en ninguna de las áreas anteriores.
-Creemos que en la ley debería haber un apartado que contemple el tema de Género, para ello el aporte se hará desde La Red PAR (Periodistas de Argentina por una Comunicación no sexista), que a través de su representación en Jujuy, dio a conocer la propuesta elaborada por la Red en el marco del debate sobre la ley de radiodifusión y propuso en tal sentido la inclusión en la norma de dos artículos referidos a la equidad de género:
* El Gobierno Nacional adoptará las medidas que procedan a fin de que los medios de comunicación fomenten la protección y salvaguarda de la igualdad entre mujeres y varones, evitando toda discriminación y transmitiendo una imagen plural, igualitaria y no estereotipada de mujeres y varones.
* Respecto a la difusión de informaciones relativas a la violencia contra las mujeres, deberá tenerse especial cuidado en el lenguaje y el tratamiento audiovisual utilizado para emitir estas informaciones, dejando siempre en claro que la violencia contra las mujeres es una violación a su dignidad, su libertad y a los derechos humanos.
-Sobre los Pueblos Originarios: En el apartado donde el proyecto expresa que hay un 33% del espectro que está garantizado para entidades sin fines de lucro, y que dentro de esta porción es donde pueden actuar los medios de comunidades originarias, la solución nos parece insuficiente, ya que no tiene en cuenta que:
* Hay muchos tipos de organizaciones que pueden acceder a frecuencias dentro de ese 33%, no quedando claro cómo se garantizará que estén representadas las comunidades originarias. A ese 33% pueden entrar la Fundación La Nación, la CGT, y la Iglesia Católica, con visiblemente más capacidad de gestión y organización que muchas comunidades indígenas, con lo cual, lo que propone la futura Ley es uniformidad en las condiciones de acceso a frecuencias, y no una preocupación especial porque esa igualdad se traduzca en la efectivización de los derechos de todas las minorías, y en este caso, los pueblos originarios.
* Por otro lado, por una cuestión técnica, política y hasta filosófica, no se puede pretender que las comunidades originarias se constituyan como entidad sin fines de lucro al estilo ONG o Fundación, con personería jurídica. En lo técnico, esto constituye un obstáculo para el acceso a frecuencias para los pueblos indígenas. Desde lo político, incluso en caso de que algunos se constituyan con personería jurídica, esto no puede ser un requisito desde la Ley, porque es limitante al ejercicio de los derechos. Filosóficamente, imaginemos que es absurdo pedirle a una Nación, como puede ser la mapuche, que tenga una personería jurídica, para que se les permita hablar en su lengua a través de un medio, que además, no tendrá fines de lucro. Sería como pedirle a la Nación argentina, como ente abstracto, que sea una ONG para que haya radios en español.
* No debería haber más requisito que el autorreconocimiento de los pueblos originarios como tales para que tengan asegurado el derecho a acceder a frecuencias. El establecimiento técnico de esto será parte de otra discusión, pero puede ser reserva de cantidades de frecuencias por comunidad, o porcentaje del espectro de ese 33% para pueblos originarios.
* El autorreconocimiento y la autodeterminación de los pueblos originarios están consagrados por legislación internacional como el Convenio 169 de la OIT de derechos indígenas o la Resolución ONU de 2007, declaraciones a las que Argentina ha adherido. Por lo tanto, debe primar esto a la hora de determinar que debe asegurarse el derecho de tener medios comunitarios a los pueblos originarios, y los mecanismos para facilitarles el acceso y el mantenimiento de sus medios.
El Estado y la Ley tienen deudas históricas para con los pueblos indígenas: cuando no fueron ignorados fueron perseguidos, masacrados y atropellados sus derechos. En nuestro país hay veintisiete pueblos indígenas, que representan de un 3% a un 5% de la población total.
Argentina debe admitir que es un país multicultural, y en este sentido, asegurar mecanismos concretos desde la Ley para que los pueblos indígenas puedan fortalecer sus lenguas, tradiciones, cosmovisiones y culturas, por años acalladas, a través de sus propios medios comunitarios de comunicación. Y también para que esto permita a quienes no son indígenas, acceder a estos conocimientos, lo que redundará en un enriquecimiento cultural general que vendrá aparejado con el respeto y ejercicio efectivo de los derechos de todos y todas.
-Sobre el articulo 77: Inciso d: sobre la autorización de la Autoridad de Aplicación para frecuencias adicionales para fines educativos, científicos, culturales, de investigación que solicitan las universidades nacionales debería especificar si es una frecuencia AM o FM y también en el inciso f: “la reserva del 33% para personas de existencia ideal sin fines de lucro” tampoco especifica el tipo de frecuencia ni lo que entiende como “sin fines de lucro”. Asimismo no establece qué se entiende por “mejor administración del espectro” y cómo se realizara la selección para otorgar esa licencia sin afectar el espectro de frecuencia.
-En el destino de los fondos recaudados que se amplíe el porcentaje a un 10% para proyectos especiales de radiodifusión y apoyo a medios de fomento y comunidades.
- Solicitamos que el Congreso genere audiencias públicas en todo el país -o por lo menos por regiones- debidamente publicitadas, para la discusión del documento final de la ley -después del paso del anteproyecto por las comisiones legislativas- antes de que se apruebe la ley. En tal sentido, proponemos que una vez definido el proyecto final se realicen las audiencias en un plazo de 60 días, es decir un plazo similar al establecido para la discusión del proyecto. Esto, a los efectos de profundizar el proceso democrático de debate, involucrando a más sectores de la sociedad.
-Queremos aclarar que este debate se realizó en Jujuy como una propuesta del Foro de Medios de Comunicación del Instituto Nacional contra la Discriminación la Xenofobia y el Racismo (Delegación Jujuy) y la Dirección de Promotores Territoriales del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, y atendiendo que en la provincia no se ha fijado una fecha de foro participativo como en el resto de los estados.
-Abogamos para que se efectúe el foro que el COMFER está desarrollando en otras provincias, para seguir estimulando el debate en esta materia. Entendemos que intereses sectoriales estarían retrasando esta posibilidad, por ello solicitamos a las autoridades que correspondan que asuman la responsabilidad y el compromiso de garantizar la realización del foro en Jujuy.
-Por último, pedimos también la derogación del Decreto 527/05 que establece la suspensión del plazo de licencias de empresas de radiodifusión por 10 años. De esta manera los actuales propietarios de medios se ven beneficiados por una medida que suspende el cómputo de los plazos que la ley otorga de quince más diez de prórroga por única vez extendiendo por otros diez el término original.
Evangelina Canchi DIRECCION DE PROMOTORES TERRITORIALES Ministerio de Desarrollo Social de la Nación; Fernando Toronconte, Fernando Rovelli López RADIO COMUNITARIA “LA VOZ DEL CERRO”; Laura Méndez, Fernando Bustamante RED DE COMUNICACIÓN INDÍGENA; Flora Cruz COMUNICACIÓN INDÍGENA COMUNIDAD ORIGINARIA DE KARASI OE OU (Sol Naciente); Gabriel Ávila RADIO MINKA; Maria Inés Zigarán RED PAR; Andrea Morales, Florencia Urquiza ESTUDIANTES DE LA CARRERA DE COMUNICACIÓN SOCIAL Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Jujuy; Ariadna Tabera RADIO UNIVERSIDAD; Inés Gonzalez de Prada Grupo “OTRA TINTA”; Viviana Ferreira RADIO METROPOLITANA; Miriam Velazco ASOCIACIÓN ARTIMAGE; Rita Quiroga SEMANARIO EL EXPRESO; Georgina Torino PRENSA DELEGACIÓN JUJUY INADI
Lic. Marta Riskin
El Proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual constituye una propuesta trascendente y expresa la clara intención de evitar el monopolio de los medios en la producción y distribución de contenidos.
También manifiesta el estrecho vínculo entre una norma orientada a regular la prestación de estos servicios y la necesaria intervención del Estado para garantizar y proteger el interés nacional.
Sin perjuicio de la validez irrefutable de los criterios anteriores, no debemos olvidar otros aspectos.
La categoría “comunicación audiovisual” nos remite al reconocible cuerpo conceptual de la “Sociedad de la información” que ha tendido, históricamente, a oscurecer algunas realidades:
La primera es que la Radiodifusión, el transporte de la información y los recursos de nueva generación basados en Internet, involucran aspectos tecnológicos y estratégicos nacionales de crucial importancia.
La tecnología, tal cuál sostenía Jorge Sábato, es motor de desarrollo pero su dominio no es universal sino propiedad de usinas económicas y políticas cada vez más concentradas, de modo que tanto el mensaje central como los frutos económicos, políticos y sociales de las comunicaciones continúan siendo ajenos para quiénes se conforman con ser sólo usuarios.
Dicho de otra manera: Si “El medio es el mensaje” sus propietarios son quiénes eligen, dominan y controlan las tecnologías de la comunicación.
Hasta el comienzo de la dictadura, nuestro país fue líder en el desarrollo mundial de tecnologías de telecomunicaciones y destacado proveedor internacional de infraestructura de Hi-Tech. Hoy, ese escenario es un nostálgico recuerdo del pasado y obviamente, las privatizaciones del sector telecomunicaciones no contemplaron normas para revertir la tendencia.
Las operadoras privadas, a las cuáles esta ley de Servicios de Comunicación Audiovisual beneficiará con la incorporación de la televisión a su espectro de negocios, poco han aportado mediante su poder de compra a la reconstrucción de una industria nacional de tecnología.
Por el contrario, las decisiones tecnológicas se adoptan en sus casas matrices del exterior y las normas de la ley de compre de trabajo argentino son para ellas… solo una mera formalidad ritual.
En síntesis, reconstruir nuestro sistema científico, tecnológico e industrial de telecomunicaciones es estratégico para el país y esencial en una ley de medios.
Brasil es un buen ejemplo de clara conciencia al respecto. Con una capacidad nula en el desarrollo de tecnología durante los setenta, hoy es una de las potencias mundiales en la materia, resultado de una estrategia nacional para el sector.
La norma de TV digital que nuestro país contempla incorporar, constituye un desarrollo propio del Brasil, sustentado por dos universidades de ese país, a partir de la norma Japonesa.
Esto significa que 150 millones de celulares brasileños, 17 millones de celulares peruanos y posiblemente 40 millones de celulares argentinos incorporarán los nuevos servicios de televisión móvil y estos 200 millones de celulares, serán fabricados según la norma desarrollada por Brasil, realimentando así un círculo virtuoso de producción, estímulo del empleo e investigación, que influirá incluso, en la producción de contenidos.
Que nosotros no incluyamos un artículo en la ley, específicamente referido al desarrollo y producción nacional de tecnología, representa una omisión no menor.
Argentina requiere de normas que le permitan asumir exitosamente su rol en la reconstrucción de un sector estratégico y por ello, propongo:
- Fijar guarismos específicos que obliguen a los operadores a cuotas de compra de tecnologías desarrolladas y producidas en el país bajo controles ciertos de certificación nacional, y además que
- La nueva Ley resalte la vocación tecnológica de nuestro país llamándose “Ley de Producción de tecnología y Servicios de Comunicación Audiovisual”.
Muchas gracias,
Lic. Marta Riskin
DNI 5661063
Fecha: Sun, 10 May 2009 00:04:07 -0700 (PDT)
Remitente: “P. Coccolo” <patcoc2@yahoo.com>
Es muy difícil poder redondear sin extenderme todo lo que quiero plantear pero si puedo mencionar el concepto.
No entiendo por que se permite en Argentina que vamos una gran cantidad de programas, películas, documentales, etc. en inglés con un subtitulo o un doblaje que difiere totalmente de lo que se dice en el propio idioma porque además de estar subtitulado o doblado fuera de Argentina transmite conceptos muchas veces erróneos. Desde suavizar palabras como culo, mierda, puta…a trasero, ramera, suciedad… hasta confundir medidas como por ejemplo piés a metros con relaciones absurdas como decir que un tren pesa 1000 millones de toneladas (extraído de Discovery Channel) hacen que la calidad de lo que escuchamos y leemos sea mala y confusamente modificada.
¿Por que no se respeta el vocabulario que se usa en la versión original de lo que estamos viendo?, por que se censura un teta a la 4 de la tarde y de pronto vemos programas a la misma hora donde la farándula se insulta como si estuviera en la calle?
¿Por que no hay prácticamente doblajes hechos en nuestro país excepto los del canal Encuentro?
¿Por que permiten que veamos películas dobladas en Méjico, Guatemala, Venezuela, Ecuador….siendo que se debería doblar todo acá?, Es cierto que hablamos todos castellano menos Brasil en Latinoamérica pero no es el mismo idioma, las palabras y las expresiones son otras…deben saberlo.
Es una simple exposición de mi pensamiento que se reforzó viviendo en España donde todo es doblado por ellos mismos y no nos encontramos con un canal History que anuncia su próximo programa en inglés…
No tenemos la obligación de saber otro idioma, saberlo está bien pero no es excusa. Vivimos en Argentina y no en EE.UU, hagan valer nuestra lengua y por favor controlen este tipo de faltas que están penadas en todo el mundo menos acá.
Saludos.
Fecha: Sat, 9 May 2009 10:53:38 -0300
Remitente: “labanda” <pachangueroelio@hotmail.com>
En principio, saludar a quienes buscan un cambio en el manejo comunicacional.
Soy de la colectividad boliviana y mi inquietud es en referencia a que si los medios comunitarios de propiedad de bolivianos están contemplados en la Nueva Ley, puesto que para muchos medios argentinos no existimos o no nos toman en cuenta e ignoran que somos mas de 3 millones de bolivianos que radicamos en esta y que también formamos parte de esta sociedad. Hecho cual obliga a que tengamos medios de comunicación para informar de lo que pasa dentro de nuestra colectividades y preservar nuestras tradiciones y costumbres solidarizarnos en casos que requerimos.
Y si nos toman en cuenta, cuales serian los requisitos para que nosotros formemos de la Nueva Ley de Radiodifusión.
Sin mas que decir saluda ette. ELIODORO GARCIA
Fecha: Fri, 8 May 2009 07:05:52 +0200
Remitente: gabriel erviti <g_erviti@hotmail.com>
Desde la agrupación conciencia (Colón Prov. De Bs. As.) Celebramos la decisión por una nueva ley de radiodifusión.
Creemos además, que es un paso importantísimo dar realmente el debate en el que todos podamos dar nuestro punto de vista.
El rol de los medios de comunicación en la formación de pensamiento va ganando día a día más y más espacio, más aún si consideramos, como lo hacemos desde con-ciencia, que estamos en la era de la comunicación, o mejor dicho, en la era de la “revolución” comunicacional”.
El consumo es efímero, o vivimos, como diría Martín Heidegger, en la “avidez de novedades”, todo es efímero, todo se consume, todo se pierde.
Es ahí en el punto en el cual se instalan apócrifamente los medios de comunicación.
Estamos acostumbrados a la inmediatez, a la nada.
Por eso la gran influencia de los medios de comunicación, son casi únicamente, nuestra fuente de información y en gran medida lo inmediato es nuestra única formación, lo temporal, lo que se pierde en mínimo tiempo.
La televisión, por ejemplo, ocupa la gran mayoría de las horas en que estamos en nuestras casas, y digamos, los medios de comunicación no son inocentes.
Por eso elogiamos esta propuesta de reforma, adherimos a la imperiosa necesidad de terminar con el monopolio comunicacional.
Llegamos a nuestras casas prendemos el televisor, ponemos T.N.. la inseguridad nos agobia, el dengue asola la tierra, y obviamente el denuesto o la exaltación de los políticos, según su conveniencia. Salimos a la calle, vamos a un bar, y la misma situación, vamos a un club, o donde sea, sin encontrar otro resultado.
Es conocido el caso de los taxistas.
En la época menemista radio diez fue comprada por Hadad, entiéndase Menem, entiéndase los empresarios que apoyaron y mantuvieron su gobierno. Esta radio tiene un gran alcance, es la única que se escucha con nitidez en microcentro.
Bueno, entonces, los taxistas escuchan masivamente esta radio.
Cuando uno subía al taxi, el taxista empezaba con un monologo de “sus” ideas.
¿Cuál es entonces el problema?, bueno, que el taxista no pensaba, sino que era pensado, volviendo a Heidegger, vivían en estado de interpretado, es decir por las horas y horas de escuchar esa radio, no pensaban, eran pensados, decían lo que radio 10 decía.
Como dice José Pablo Feinmann: lo poderoso del poder comunicacional consiste en dar las respuestas. Al hacerlo elimina la posibilidad de las preguntas. Y sobre todo de la pregunta fundamental, ¿es justo que el poder sea el poder?, ¿es justa la sociedad del poder?,y también, ¿ Que pienso “yo” de todo esto? (La historia desbocada tomo 1)..
Los medios (entiéndase monopolio comunicacional) se encargan de colonizar nuestra conciencia, de generar respuestas, no generan pensamiento, generan las respuestas para las preguntas que ellos mismos hacen y nos esconden o nos avasallan con estas premisas, las preguntas fundamentales, a las que antes hicimos mención en palabras de Feinmann, ¿Por qué el poder es el poder?, ¿Qué pienso “yo” de todo esto?.
En cuanto a la cuestión, si se quiere, técnica, estamos absolutamente de acuerdo en que se debe dar un contenido mucho más federal a la ley, cosa que creemos está contenida en el nuevo proyecto, en donde no solo las provincias y municipios participen con programas, de cable por ejemplo, propios, sino también a la necesidad ineludible de una comunicación federalizada, en el sentido que la información que nos llegue por los medios nacionales no sea solo la de capital y el gran Bs. As.
Y, para cerrar, como decía el gran filosofo francés Jean-Paul Sartre, cito de memoria: “somos lo que hacemos, con lo que hicieron de nosotros”.
O como dacia el maestro Arturo Jauretche: “cuando el zonzo se da cuenta de su zoncera, deja de ser zonzo.”
Fecha: Wed, 6 May 2009 19:19:25 -0300
Remitente: Néstor Busso <nbusso@radioencuentro.org.ar>
Propuestas consensuadas en la Coalición por una Radiodifusión Democrática
La Coalición por una Radiodifusión Democrática reitera su acuerdo y apoyo a la propuesta de proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual presentada por la Presidenta Cristina Fernandez de Kirchner.
Entendemos que su tratamiento es necesario y urgente.
Del análisis del proyecto artículo por artículo , e independientemente de las propuestas de cada una de las Organizaciones que integran la Coalición, acordamos proponer algunos cambios que se detallan:
Art 2. Penúltimo párrafo en página 45.
Proponemos eliminar “que acredite interés legítimo”. Quedaría: “Toda persona podrá requerir a la autoridad….” No hay porque exigir “interés legítimo” para exigir el cumplimiento de la Ley.
Art 3. Agregar dos incisos en listado de objetivos:
+Participación en la Sociedad de la información y el conocimiento
+Promover una imagen equilibrada y variada de las mujeres y los hombres en los medios de comunicación
Art 4: incluir definición de: “Norma Nacional de Servicio de Comunicación Audiovisual: Cuerpo normativo, discriminado por servicio, que contiene procedimientos técnicos, administrativos, contables y jurídicos, de obligatorio cumplimento por parte de los titulares de licencias y autorizaciones, para la explotación de servicios de comunicación audiovisual.”
Art 12: Unificar en la Autoridad de aplicación todas las facultades como autoridad técnica. Se debe concentrar en un único organismo la autoridad administrativa, legal y técnica. El actual esquema organizativo, de separación entre el COMFER y la CNC, no es eficiente, desde el punto de vista del interés de la comunicación audiovisual. El peso económico y, de demanda de atención, del sector de las telecomunicaciones ha relegado a la radiodifusión; tanto en la elaboración de normas de servicios como en la asignación de banda de frecuencias, aprobación de proyectos técnicos y habilitación de estaciones de radiodifusión. Lo que proponemos es que la CNC y Secom, conserven la representación internacional ante los organismos pertinentes tal como Unión Internacional de Telecomunicaciones etc. pero, una vez atribuida la banda de frecuencias a servicios de comunicación audiovisual, sea la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, quién se encargue de administrar técnicamente esa porción del espectro.
Por tanto eliminar en inc c) y en e) “en conjunto con….”
(en coherencia con esto en art 140, transferencia de todos los archivos, bases de datos de CNC a AUFER.)
Art 15 . en ” Funciones “ agregar “Entender en la elaboración de la Norma nacional de servicios de Comunicación audiovisual”
Art 16 inc b. Nota: proponer cuidar la representación de PYMES. Al menos dos de los representantes de las Cámaras deberían ser representantes PYMES
Art 23 Desdoblar en dos artículos. Deberían quedar dos artículos distintos estableciendo las exigencias para cada uno de los tipos de prestador ” con “ y ” sin “ fines de lucro. Los Pliegos de bases y condiciones deben ser diferenciados según el tipo de prestador definido en art 21.
Art 23 debe ser igual f) del 1 al f) del 2
Art 24. Agregar: “Si ese Estado hiciera reserva - en el tratado de inversión reciproca de inversiones en los instrumentos jurídicos de mercados comunes o de cualquier otra naturaleza - para la explotación por parte de los nacionales argentinos de los servicios de radiodifusión, se deberá establecer como reciprocas dichas reservas, de pleno derecho”.
Cuando la Argentina firma un Tratado de Reciprocidad, lo que se espera que esa “reciprocidad” sea efectiva, no obstante existen tratados vigentes donde la otra parte formuló reservas en “radiodifusión” y nuestro país no lo hizo; esto no es justo ni razonable. Esto es válido para los tratados a firmarse en el futuro por lo que proponemos modificar también el artículo 113; de la siguiente manera: “la Autoridad de aplicación, deberá realizar todos los actos administrativos necesarios y pertinentes a fin de adecuar los tratados actualmente vigentes”.
Art 25. en segundo párrafo aclarar: en vez de “empresa” debería decir: “Las personas de existencia ideal con fines de lucro prestadoras de servicio público…”
El primer párrafo del artículo 25 dice: “No será aplicable lo dispuesto en el inciso h) del apartado I y el inciso d) del apartado II del artículo 23 cuando se tratare de personas de existencia ideal sin fines de lucro”; en el segundo párrafo se dirije a las sociedades comerciales sin aclarar que las exigencias que plantea dicho texto está dirigido a las empresas prestadoras de servicios públicos con fin de lucro. A fin de evitar posibles confusiones de interpretación sugerimos agregar en el texto del segundo párrafo dicha aclaración
Art 28. Agregar: Los interesados en prestar un servicio podrán solicitar se habilite el uso de una frecuencia no utilizada ni reservada según lo establece el Art 77 , demostrando su viabilidad tecnica.
Art 29. Debe señalar claramente: Pliegos diferenciados para con y sin fines de lucro.
Art 35. Tal como está redactado el artículo 35 (”Se autoriza la transferencia de acciones o cuotas partes de las sociedades licenciatarias luego de CINCO (5) años de transcurrido el plazo de la licencia y cuando tal operación fuera necesaria para la continuidad del servicio, respetando que se mantenga en los titulares de origen más del CINCUENTA POR CIENTO (50%) del capital suscripto o por suscribirse y más del CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la voluntad social.”); se puede entender que si el titular de la licencia es una “persona física” puede transferir libremente su licencia y, en una interpretación más amañada, creo, que si el titular es una persona de existencia ideal también la puede transferir, solo en el caso que quiera comercializar las acciones o cuotas partes es que el artículo pone ciertos requisitos. Sugerimos agregar al comienzo de dicho artículo lo siguiente: “Las licencias para la prestación de servicios de comunicación audiovisual son intransferibles.”
Art 38. Revisión cada dos años en el último párrafo . Ver redacción que no es clara . Se debe revisar la disponibilidad de frecuencias, no las asignaciones efectuadas.
Multiplicidad de licencias. Proponemos reducir de 10 a 4 ( Cuatro ) en todo el país y de tres a dos por área de cobertura.
Art 54. Las redes solo pueden establecerse entre prestadores del mismo tipo definidos por el art 21, a excepción de quienes tomen producción del sistema de medios públicos.
Art 59. Incluir: Prohibición de emisión de publicidad dirigida a niñas y niños menores de 13 años.
Niñas y niños menores de 13 años no tienen capacidad de discernimiento frente a mensajes publicitarios. La legislación Sueca incluye esta prohibición que se discute en varios países.
En la Unión Europea la Directiva Televisión sin Fronteras adoptada el 3 de octubre de 1989 y modificada el 30 de junio de 1997, fue concebida para armonizar el marco jurídico de las actividades de las cadenas de televisión en la Unión Europea.
Según una de sus disposiciones, la publicidad por televisión no debe incitar directamente a los menores a comprar “explotando su inexperiencia y su credulidad”. Fuera de ese marco, cada país miembro es libre de aplicar sus propias reglas. En Suecia, la publicidad por televisión dirigida a los niños está absolutamente prohibida. En Luxemburgo y en Bélgica, está vedada cinco minutos antes y después de los programas para niños. En Italia, los dibujos animados no pueden ser interrumpidos con anuncios publicitarios. Y en Dinamarca, existe un acuerdo entre el Estado y TV2 sobre las restricciones a la publicidad destinada a los niños.
La Comisión de Defensa del Consumidor de la Cámara de Brasil aprobó en el 9 de julio de 2008, un proyecto de ley que prohíbe cualquier propaganda destinada a niños y niñas con hasta 12 años de edad y establece restricciones a la publicidad destinada a adolescentes entre 12 y 18 años. La propuesta ahora sigue para la Comisión de Constitución y Justicia (CCJ). Si aprobada, va al Senado, donde puede tener alteraciones. El proyecto define como “publicidad destinada a niños” aquella que, entre otros atributos, tiene “lenguaje infantil”, músicas infantiles, celebridades con apelo al universo de los niños, personajes de dibujo animado, muñecos o juegos que induzcan al consumo de determinado producto. Son afectadas por la restricción las piezas publicitarias en televisión, radio, medios impresos, puntos de venta y hasta en embalajes de productos. Canales que tiene público exclusivamente infantil quedan prohibidos de transmitir cualquier tipo de propaganda. Los otros no pueden transmitir comerciales durante programas infantiles ni 15 minutos antes ni después. Entre las restricciones para el contenido destinado a adolescentes, está la prohibición del merchandising. “Debido a la fuerza de los medios, al grado de fascino que la imagen promueve y a la exposición que el niño tiene sin la necesaria mediación de los padres, creo que el proyecto es benéfico”, afirmó la psicoanalista infantil Míriam Rosa, docente de la Universidad de Sao Paulo.
Art. 61 Inc d) En la “carpeta de Acceso público” exigida a cada medio, se debe incluir la forma y fuentes de financiamiento con la nómina de anunciantes incluyendo el monto facturado a cada anunciante en los meses anteriores. Similar a lo exigido en EEUU.
Es una forma de transparentar los intereses económicos que operan en cada medio y de hacer público los montos de la publicidad estatal y privada que reciben los medios.
Art 69. Publicidad: prohibir claramente PNT. Excepción de publicidad estática en eventos públicos.
Prohibir publicidad en TV por suscripción salvo en canal de producción propia.
Art 84: eliminar gravamen en poblaciones menores a 5000 habitantes.
Art 85. Aumentar de 4% a al menos 10% el fondo destinado a proyectos especiales, medios en zonas de frontera, de fomento y comunitarios. Ese porcentaje puede lograrse bajando de 30 a 25% lo destinado a Radio Televisión Argentina.
Fecha: Wed, 6 May 2009 08:53:31 -0700 (PDT)
Remitente: Fernando DEL GIUDICE <aguapey@yahoo.com.ar>
Estimados Sres. COMFER:
Estuve leyendo la ley y en el Art.- 50, no especifica si la inscripción en el Registro Público de Agencias de Publicidad y Productoras Publicitarias estará sólo disponible para empresas radicadas en el país. La mayoría de los avisos publicitarios y de televentas emitidos por la TV satelital o Cable, están realizadas en el exterior. Creo que es importante imponer esta restricción a quienes lucran en otras latitudes y no dejan nada ni generan trabajo aquí.
Respecto al Art. 70 Inc. c) el término “dispositivo” se refiere a decodificadores?, pues en caso de la TV por satelital con abono básico se requiere de un decodificador por lo que si entiendo bien incluye a la restricción absoluta de prohibir publicidad?. De ser así bienvenida la iniciativa.
Mismo art. inc. e) cuarto párrafo: Creo es una ventana abierta al abuso de la publicidad, a menos que quede restringida a los 12 minutos previstos, pero me parece que colisiona con el inc. c) citado. Creo además que estos segmentos de televentas asimilables a “programación” deberían estar disponibles solo en un canal específico para esa finalidad y no metidos en el medio de otros programas en otros canales. De ser así el espectador tiene la opción de acudir a dicho canal publicitario cuando lo desee y no la práctica invasiva de insertar un programas de televentas, que de hecho ya existe en varios canales de la TV satelital que emiten más de 2 hs seguidas. No queda claro si ese programa de televentas debe estar inserto entre dos programas o puede estarlo en medio, por Ej. de una película que la cortarían para darle lugar al programa publicitario.
Por otra parte y en relación a la ley de defensa del consumidor, esta “programación publicitaria” debe figurar en la folletería que cada operador adjunta normalmente a las facturas. No hacerlo de ese modo es propaganda engañosa, hecho previsto en la norma aludida. De todos modos me parece peligroso dejar una posibilidad como la de un programa de televentas que además colisiona con la ley antimonopolio y no me parece justo que un televidente deba soportar una televenta (además de ser patéticas) deba pagar para ello!!.
Finalmente es una forma de esclarecer el escenario de la toma de decisión de un potencial cliente para la eventual contratación del servicio ofrecido. Si tiene muchos programas de televentas tendrá un éxito distinto si tiene menos o ninguno.
Por último y respecto a las sanciones, creo que cuando el organismo de control sancione a un operador dicha sanción debería estar consignada en la factura que reciba el televidente al mes siguiente de aplicada la misma. De esta manera se establece en control ciudadano, pregonado en el presente proyecto y pone de cara al usuario la calidad de la empresa que le presta el servicio, una herramienta más a la hora de contratar el servicio.
Tal vez iluso sea este planteo pero estuve trabajando en un proyecto de ley durante casi un año en el tema de los operadores de tv por suscripción e investigué el tema a fondo y me encontré que los precios de las señales que los operadores compran varían según si tienen más o menos comerciales. pero en fin bienvenida la iniciativa.
Atte.(y acepto y espero comentarios y/o críticas a estas propuestas)
Fernando
PD: está disponible el proyecto señalado de modo que si lo desean se los envío, tal vez les sea de utilidad algunos contenidos.
Cámara Argentina del Libro
Licenciado
Juan Gabriel Mariotto
Interventor
Comité Federal de Radiodifusión (COMFER)
De nuestra consideración:
La Cámara Argentina del Libro, fundada en 1938 y que agrupa hoy a 490 editoriales pequeñas y medianas de nuestro país, en su permanente campaña en favor de la promoción de la lectura se dirige a usted para solicitar que en el debate sobre la futura Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual se disponga la siguiente inclusión:
Agregar al final del Art-. 56 del Anteproyecto el siguiente apartado:
(si se corre la numeración lo ideal es poner un artículo separado)
-Los servicios de radiodifusión sonora y de televisión abierta deberán incluir micro-programas diarios destinados directa o indirectamente a la promoción e incentivo de la lectura, en las siguientes cantidades:
a) Servicios de radiodifusión sonora: 30 micro-programas
b) Servicios de radiodifusión televisiva abierta: 20 micro-programas semanales
Estos micro-programas deberán emitirse dentro del horario de protección a la niñez, distribuidos en horario matinal, vespertino y nocturno, y deberán tener una duración mínima de 2 (dos) minutos.
Quedarán excluidas de la obligación establecida en este apartado las emisoras de radiodifusión que, por el carácter técnico del contenido de su programación, se encuentren imposibilitadas de incluir este tipo de programas. En este caso la Autoridad de Aplicación determinará, en cada caso y por resolución fundada, la correspondiente eximición.
Quedamos a su disposición para cualquier ampliación o fundamentación que pudiera usted requerir sobre esta propuesta.
Fecha: Wed, 6 May 2009 01:07:51 -0300
Email:agustin.azzara@gmail.com
Estuve leyendo la sección “Los 21 puntos” y veo que la Ley no sólo alcanza cuestiones relacionadas con quienes y cómo podrán tener medios de comunicación sino que también abarca algunas cuestiones técnicas. Soy estudiante de Comunicación Multimedial y desde siempre me he interesado en los medios y he sido muy crítico con sus defectos. En vista de la enorme oportunidad que se nos otorga para aportar algo a esta nueva ley, quisiera hacerles llegar una inquietud que no me parece haber visto contemplada en los 21 puntos de misma y que consiste en la regulación del volumen del audio en las pautas publicitarias Especialmente en la televisión (aunque también en algunas emisoras radiales) la diferencia de volumen entre el bloque de programa y la pauta publicitaria suele ser muy alta, obligando muchas veces al espectador a bajar el volumen. Es entendible, que a modo de acentuación se utilice en la pauta publicitaria un volumen más alto como herramienta para captar la atención del consumidor, pero es una omisión que da lugar a que se generen abusos por parte de los medios. Espero haber podido hacerme entender, no estoy hablando de límites máximos o mínimos para el volumen en sí, sino de límites máximo y mínimo para la diferencia entre los volúmenes del bloque y el corte.
Fecha: Tue, 5 May 2009 22:57:19 -0300
Email:gonzpeir@yahoo.com.ar
Creo fundamental que para que haya cambios transformadores y de fondo en muchos aspectos de nuestra sociedad donde puedan ejercerse políticas efectivas para la redistribución de la riqueza, se recuperen el patrimonio nacional y se ejerzan los derechos para los menos poderosos pero mayoritarios del país, haya un sistema de comunicación democrático donde tengan mayor difusión los medios de las organizaciones sociales, barriales, populares y no sean monopolizado por las corporaciones mediáticas, del los grandes grupos económicos. Creo que la ley está bien intencionada pero en algunos puntos que leí es insuficiente. Por ejemplo una cadena de medios que tenga ya sean 12 licencias, seria aún demasiado poderosa, como máximo debería tener 5. Y las licencias deberían darse como mucho hasta 7 años, y ser monitoreadas por agrupaciones idóneas, que no privilegien como un valor importante el nivel de audiencia o rating. La ley debería tener poder vigente desde el momento en que se sancione y no se tenga que esperar hasta que se venza la licencia para un medio. Porque Si se tuvieran que esperar como 10 años para hacerse efectiva sería demasiado tarde. Los grupos económicos actuarían ferozmente intentando arruinar los cambios sociales que se quieran implementar aunque fueran muy pequeños. La televisión publica debería ser prioritaria, tener varias señales, no sólo una, de diferentes rubros, entretenimiento, cultura y deportes y otros y de alcance nacional donde circulen noticias de todos los puntos del país y no sólo provengan de la capital federal, que sea verdaderamente federal con aportes culturales de todas las provincias. Para que haya una verdadera democracia debe haber una hegemonía del pensamiento que refleje el interés de los sectores populares y no los de los dueños de Clarín, o La Nación, o Ámbito financiero, o Vila Manzano, y muchos otros, donde son claramente voceros del poder económico. Actúan como una sola campana y son maestros de la manipulación de conciencias.
Fecha: Tue, 5 May 2009 17:34:50 -0300
Email:aschter@gmail.com
Creo que esta le debería dar elementos para las audiencias cada vez más creativas. Apoyo la libre expresión, pero ésta es rica y multiplicadora cuando la expresión es de gente formada en reconocer las estrategias de los medios para confundir o persuadir. Concretamente propongo que se introduzca la Alfabetización en Medios desde el Jardín de infantes para que el pensamiento crítico supere la fascinación ante la pantalla la y los multimedios. No es enseñar a leer sino a deconstruir y construir mensajes. Sin esa formación, por más cambio de ley que haya la gente seguirá sin distinguir información de saber, y preferirá seguir “entretenida hasta morir”. Educación es la clave del cambio. muchas palabras o participación no implican muchas ideas. Y lo que se necesitan son ideas, saber. La base de la democracia está en juego en esto, si sabemos elegir sin censurar, sabremos también votar en esta era mediática, la más mediática de la historia.
Fecha: Tue, 5 May 2009 10:23:29 -0700 (PDT)
Remitente: Marcelo Quirico <marcelo_quirico@yahoo.com.ar>
Soy un ciudadano argentino, que como todo ciudadano le incuben las cosas que ocurren en nuestro país. Atento a la petición del pueblo para la sanción de una nueva Ley de Radiodifusión para la Democracia, con base en los 21 puntos propuestos por la Coalición por una Radiodifusión Democrática, de la cual yo he firmado también el petitorio, y con el marco antecedente del Convenio de Nairobi sobre TV en UHF, de carácter constitucional y oportunamente ratificado por nuestro país -pero nunca llevado a la práctica por motivos harto sobrados- motiva la presente en mi inquietud por conocer el estado de situación legal, en relación al uso de esta banda para TV que debía estar destinada para uso de canales gratuitos al servicio del público (según el citado Convenio) como normalmente ocurre en el resto del mundo. Con preocupación veo el avance de las llamadas “televisiones codificadas” que operan en esta banda, que si bien no niego su carácter de operadores legales, me permito dudar de su legitimidad teniendo en cuenta de que son servicios restringidos a quienes puedan pagarlos, las condiciones en que fueron firmados los decretos que los autorizaron, y lo más preocupante están quedando en manos de poderosos grupos económicos. Soy técnico y en la zona donde vivo, zona sur, existen tres operadores de TV codificada, dos de los cuales pertenecerían a un conocido grupo multimedios. También se ven algunos canales gratuitos, pero veo que están a merced de estas corporaciones, cuando en la expansión de sus sistemas digitales, reclaman el ancho de banda restante de UHF. Todo esto mientras la programación de los canales de aire de Capital es paupérrima e inmirable, con excepción del canal público. Todo esto mientras muchas ciudades del interior poseen un solo canal de televisión abierta -con mucha suerte tres- que muchas veces repiten esa misma programación paupérrima de Capital Federal. Esta situación me da mucha bronca e impotencia, como ciudadano, como espectador y como técnico de TV a la vez. Siempre asumí -incluso desde mi niñez, tal vez debido a algo llamado sentido común- que los recursos comunes, el agua, las tierras, los alimentos y las energías (la de RF es una de ellas) incluyendo al espectro radioeléctrico son bienes del pueblo y como tal pertenecen al pueblo, siendo el Estado su administrador, pero los sucesivos gobiernos que lo han manejado nos han defraudado una y otra vez, a espaldas del pueblo. Con el UHF se ha concretado una verdadera privatización y enajenación de un recurso legítimamente perteneciente al pueblo. Con el advenimiento de la TV Digital, me preocupa que la misma quede en manos de los mismos actores del mercado. Me preocupa que se sigan extirpando canales de UHF, para su entrega a por ejemplo, operadores de telefonía, como ya está ocurriendo en Estados Unidos, donde la FCC subastará los canales del 52 al 69, como si ya no hubiera suficientes frecuencias radioeléctricas para que los chicos se manden mensajitos de texto y fotos. Me preocupa la concentración de los medios, apropiándose de dichas frecuencias radioeléctricas, si se tratara de sistemas de verdad cerrados como el cable coaxil o la fibra óptica, no lo discuto, no lo dudo, están en su derecho, porque pueden coexistir varios de estos a la vez, pero no con un bien público y escaso. Me preocupa también que estos mismos medios impongan a la vez a sus ¿clientes? los Digital Right Management (DRM) o Administración Digital de Derechos en sus equipos con el fin de controlar a los espectadores y oyentes y determinar si tienen derecho o no a grabar un programa que se está emitiendo, todo con el fín de evitar la supuesta “piratería”. Siendo que según tratados internacionales, no se puede restringir el acceso a los bienes culturales, y el DRM es una forma de impedir el acceso a ellos sino en las condiciones que impone el editor u operador del medio.
Una nación no es libre si no tiene medios de comunicación libres y confío en que usted llevará adelante una gestión por la reivindicación de nuestra soberanía en el uso de las frecuencias radioeléctricas, y como tal me es de interés saber si se está haciendo algo con respecto a la banda de UHF, así como las frecuencias de Onda Corta, volviendo a recalcar la importancia y la difusión en todos los medios a los que usted pueda acceder sobre la reivindicación del Convenio de Nairobi que Argentina firmó en los años 80 y que hubiera permitido en teoría disponer de 48 canales libres y gratuitos, con la correspondiente coordinación de asignaciones de frecuencia, claró está, y no en manos de los grupos que tanto daño nos hacen como personas y como país.
Lo oigo a usted en programas de radio y concuerdo con sus puntos de vista y por eso se que puedo confiar en Ud. Lo saludo atte:
Marcelo Quirico
DNI 24589044
Fecha: Thu, 14 May 2009 14:51:22 -0300
Email:pedromarcosbarboza@yahoo.com.ar
Esta nueva ley me parece absolutamente imprescindible. Es completamente increíble la concentración de medios que existe hoy en este país, todos de la misma extracción ideológica -derecha- y que no sólo no nos permite escuchar una opinión diferente a la defensa de sus intereses, sino que nos abruma e inunda constantemente con su discurso manipulador. Por otra parte, quisiera decirles que soy un trabajador de la industria del cine publicitario y me parece que esta es una oportunidad única para generar empleo nacional genuino aprobando toda la ley en general y, en particular, me gustaría que se definiera aún más explícitamente el inciso a)del artículo 69, obligando a que toda publicidad a emitirse por un medio nacional sea completamente realizada en nuestro país, terminando con la ridícula competencia que representan para nosotros hoy Uruguay y Chile, adonde se producen comerciales para Argentina a un 50 % menos de costo que acá, pero dentro de un contexto muy diferente de mercado, en donde los precios de los técnicos y el elenco, por ejemplo, no cobran horas extra ni se les paga cargas sociales como acá, ya que no tienen sindicatos fuertes que los representen, situación que es aprovechada por los productores para bajar los costos a una tarifa “plana” con la que es imposible competir. Arreglen esto, por favor!! Gracias!
Fecha: Tue, 5 May 2009 07:08:40 -0700 (PDT)
Remitente: Mario Caldaroni <caldaroni_medios@yahoo.com.ar>
SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
APORTES PARA LA PROPUESTA DE PROYECTO DE LEY.
Sobre el TITULO VIII: Medios de Comunicación Audiovisual Universitarios y Educativos, artículos 130 a 135, se observa lo siguiente:
1º No hay mención ni consideración alguna sobre la situación de las escuelas secundarias en torno a su participación sobre otorgamientos de señales, licencias, o frecuencias destinadas a la formación y capacitación técnica-tecnológica de los alumnos para el conocimiento y dominio de los distintos soportes (televisión, radio, nuevas tecnologías):
2º Se desprende por tal, que no haya constancia del modo en que se distribuirían las señales destinadas para esa finalidad:
3º Tampoco sobre si los establecimientos educativos, enmarcados dentro de la figura de Talleres Escuelas (de ser así) y en tanto tales, estarían habilitados para vender espacios publicitarios.
Se propone:
A: Reconocer e incluir, dentro de los artículos mencionados, a los establecimientos educativos de nivel Secundario (con orientación a Comunicación Social), en tanto actores fundamentales en la formación y conformación inicial de los alumnos en los medios de comunicación, alentándolos al dominio y apropiación de las herramientas básicas como estímulo para su capacitación, la investigación, y la creatividad de los educandos. Para ello, se sugiere el otorgamiento de titularidad para la instalación de servicios de comunicación (ver artículo 2: “…acceso equitativo a los Servicios de Comunicación Audiovisual”, el cual promueve la diversidad y la universalidad en el acceso y la participación), tratándose de espacios o campos idóneos donde desarrollar el potencial de cada joven, como ser los Talleres Escuelas (Radio/TV).
B: A tal efecto, se propone que la señal otorgada (por sistema analógico o digital), en caso de encontrarse sobre demandada, pueda ser cedida por zona, partido, jurisdicción o región para ser utilizada co-participativamente entre las escuelas solicitantes, afectadas a carreras afines. Se desprende de ello que las actividades emprendidas conjuntamente fomentarían el espíritu democrático y participativo de alumnos, como así de docentes, incentivando la creatividad y la cooperación entre los actores, pero desde un rol protagónico, quienes podrán implementar instrumentos de aplicación, como ser proyectos de investigación, emprender objetivos de interés comunitario, incluso dominando, por tal, géneros periodísticos, recursos de estilo (estéticos/artísticos), en los distintos soportes mediáticos.
C: Sobre la venta de publicidad, tratándose de talleres escuelas (si es que esa es la figura correspondiente), podría prestar a cierta idea de incompatibilidad, considerándose el objetivo: la formación y capacitación de los alumnos, por tal licencia destinada al sector considerado “Sin fines de Lucro”. No obstante, la venta de publicidad podría beneficiar: obteniendo recursos propios destinados al equipamiento, actualización, e incorporación de elementos tecnológicos que ayuden al mejoramiento de calidad y recepción de emisión de señal; al mejoramiento de las estructuras edilicias y/o inmuebles, etc.; al conocimiento en materia de gestión y administración comercial de un medio de comunicación; en el aprendizaje sobre la puesta en el aire de los espacios destinados para tal fin, considerando lo dispuesto por la Autoridad de Aplicación, a saber límites en tiempo/hora de emisión publicitaria, dominio de artísticas, señalización (separadores) inicio-cierre de espacio destinado a promover productos, conocimiento de aspectos legales en materia de marketing dentro de los espacios audiovisuales: PNT (publicidad no tradicional), PS (publicidad subliminal), etc.
A su vez, promover la creación de una comisión destinada a controlar y administrar los recursos destinados a los fines antes descriptos, o a los que consideren prioritarios, según decisión de sus integrantes (autoridades educativas, miembros de cooperadoras, docentes, centro de estudiantes), informando lo dispuesto a la Autoridad de Aplicación.
Sobre el TITULO I: Disposiciones Generales, artículo 3 del Ante Proyecto de Ley, en concordancia con lo expresado en el punto 5 de los “21 Puntos de la Iniciativa Ciudadana por una Ley de Radiodifusión de la Democracia” observa, en materia de contenidos audiovisuales, lo siguiente:
1º El inciso d) invoca a la defensa de la persona humana y el respeto a los derechos personalísimos. No obstante, no queda claro de que modo la Autoridad de Aplicación defenderá los derechos particulares, cuáles serán los instrumentos de aplicación sobre los contenidos que vulneren la integridad de las personas, ni con qué clase de criterios se regirá al momento de evaluar una posible falta. Sobre la metodología a emplear, si dependerá de un análisis, de ser así de qué orden: cualitativo, cuantitativo, combinado; en sincronía (comparativo) o diacronía (a través del tiempo); dentro de qué marcos regulatorios (si es que están contemplados):
2º Mientras que el inciso h) apela a la actuación de los medios de comunicación en base a principios éticos. Sin embargo, no figura reglamentación alguna que defina qué se entiende por “principios éticos”, siendo este concepto susceptible de ambigüedades.
Se propone:
Tanto para el punto 1º como el 2º, conformar criterios consensuados entre las partes responsables en la producción, distribución, y emisión de contenidos audiovisuales, conjuntamente con la Autoridad de Aplicación, que sirvan para establecer pautas objetivas o marcos regulatorios que, preservando el espíritu democrático y la dignidad e integridad de las personas, al momento de ejercer derechos de expresión como así de información, se reconozca, y no se omita, que todo derecho conlleva una responsabilidad (entiéndase por tal dar cumplimiento a lo establecido). Se sugiere, a modo ilustrativo, la creación de un manual de estilo, en cuya reglamentación quede constancia de cuáles son los límites establecidos, así como las pautas en materia de tratamiento de la información. Como ser: todo hecho, suceso, o acontecimiento trágico que afecte e involucre la integridad de las personas (homicidios, catástrofes naturales, accidentes, escenas de violencia) no sean musicalizadas, ya que aspira a sensibilizar dramatizando la escena; omitir la utilización de movimientos de cámara (zoom in/out), como también la utilización de planos cortos, primeros planos, o planos detalle para captar imágenes de cuerpos mutilados, sin vida, golpeados o lacerados, ya que son recursos que tienen por finalidad enfatizar resaltando y reafirmando aspectos específicos (tratándose de cuerpos ensangrentados, la emisión en blanco y negro atenúa el impacto); no utilizar sobre adjetivaciones (salvo en casos que aporten al hecho periodístico), ni calificaciones peyorativas, despectivas, discriminatorias, etc, debido a que tipifican y estigmatizan negativamente afectando la integridad de las personas; siempre que se trate de información sobre presunciones, o generadas de fuentes no fidedignas, respetar el derecho a la privacidad como a la identidad de las mismas (exposición de rostros, datos personales, etc.) implicando de modo erróneo a terceros; frente a cualquier acto fraudulento, tergiversado, calumnioso e injurioso, o no chequeado debidamente, la parte responsable de cometer perjurio tendrá el deber de retractarse mediante una Fe de Errata, en el mismo espacio y hora donde se cometió el agravio, o a lo largo de la programación, en caso que así lo disponga la reglamentación.
Fecha: Mon, 4 May 2009 21:34:16 -0300
Remitente: vanesa findlay <lvane3@hotmail.com>
Hola, soy docente de la E.P N 66, Villa Dominico, me dirijo a ustedes con el fin de informales que trate de enviar la información sobre las conclusiones del debate que se realizo el dia lunes 27 en la escuela Pala, a la dirección que ustedes nos brindaron. Pero no pude realizarlo; por tal motivo lo envío por esta direccion.
Desde ya disculpen las molestias.
Atte.
mail lvane3@hotmail.com
Avellaneda, 4 de mayo del 2009
CONCLUSION
Luego de haber participado en el debate y leído el Proyecto de Ley Servicios de Comunicación Audiovisual, podemos decir que es una propuesta interesante; ya que los cambios favorecen a la sociedad, permitiendo que la gente participe de una manera mas abierta y libre, porque es importante que se pueda consumir y producir, no solamente consumir como se hace en la actualidad.
De esta manera se logra insertar valores que permitan una sociedad justa, equitativa y democrática.
Análisis del cuadro comparativo
Nos detuvimos en cinco artículos que nos parecieron interesantes:
*Producción de contenidos educativos e infantiles, porque a través de ellos obtenemos información.
*Calidad de la información, porque a veces la información no es muy clara y tampoco se permite que la gente opine.
*Nuevas tecnologías, porque como detalla la nueva ley son esenciales para lograr cambios favorables.
*Accesibilidad de personas con discapacidad, estamos de acuerdo con este nuevo artículo, porque toda persona tiene derecho a acceder a la programación sin importar su discapacidad, que es lo que hoy en día no se les ofrece.
*Publicidad, porque nos parece bien las condiciones que se implementan para emitir una publicad, como la instrumentación de un medicamento de control sistematizado que facilite la verificación de efectiva emisión; los productos estéticos y tratamientos medicinales deberán contar con la previa autorización de la autoridad competente estar en un todo de acuerdo con la restricciones legales que afecten a esos productos o servicios; entre otros.
*En cuanto a los otros artículos, como nos expresamos anteriormente, nos parece bien la incorporación de nuevos artículos en esta ley y los cambios que se van a producir en los ya existentes; ya que van a ser importantes para la sociedad, porque se le abre la puerta al futuro y es también un desafío hacia la construcción de nuevos aprovechamientos, enriqueciendo por este medio la mas amplia participación colaborativa, como cine nacional, medios de propiedad social, accesibilidad de personas con discapacidad, etc.
Durante este análisis se nos presento una duda con el artículo “el plazo de licencias”, por tal motivo le realizamos la siguiente pregunta: ¿no siguen siendo mucho los años otorgados?
En fin nos parece bien que con todo esto se quiera lograr un trabajo destinado a ser corregido y mejorado por virtud de la libre participación ciudadana.
E.P N 66, Villa Dominico
Fecha: Wed, 15 Apr 2009 08:15:31 -0700 (PDT)
Remitente: Irene Castillo <ges_ong@yahoo.com.ar>
Estimad@s equipos del COMFER:
Adjuntamos la presentación realizada por el Grupo de Estudios Sociales, ONG con sede en Argentina, a través de su Presidenta la Licenciada Irene Castillo en la Jornada de Reflexión “Medios de comunicación y violencia de género” organizada por la Comisión de Equidad de Género del Consejo Consultivo de la Sociedad Civil de la Cancillería Argentina.
Esperamos que este aporte resulte útil para la visibilización de las humanas en los medios ,con el derecho a la dignidad y el respeto que merecen ,y que frecuentemente se vulnera.
Atentamente
Grupo de Estudios Sociales
GES
www.g-e-s.org.ar
Medios de comunicación y violencia de género
¿Los medios de comunicación legitiman la violencia de género? ¿ siempre?
¿Existen algunas pocas buenas prácticas que muestran los logros sociales y las nuevas pautas de relaciones entre mujeres y varones que, con tanto esfuerzo se están tratando de instalar en nuestra sociedad. y que deberían extenderse?
Para comenzar a contestarnos estas preguntas es preciso analizar la publicidad y los contenidos de los mensajes emitidos por televisión , radio y prensa escrita desde una perspectiva relevante : la representación de las mujeres.
Aún hoy , la imagen pública de las mujeres se sustenta en muchas ocasiones , en estereotipos discriminatorios que aportan mensajes empobrecedores al imaginario colectivo de mujeres y hombres , incorporándose a nuestras vidas de manera negativa, generando injusticias e inequidades en todos los ámbitos y en todos los continentes
A veces estas consecuencias se visibilizan de las formas más graves: feminicidios, agresiones, ablaciones de clítoris, y otras de manera más sutil y simbólica: cosificando el cuerpo de las mujeres en la publicidad y los medios en general , o invisibilizándola a través del lenguaje.
Los mensajes que difunden los diarios, televisión, radio y la publicidad influyen sobre la manera de pensar, percibir y vivir de las personas.
El sexismo está presente en mucha de la publicidad que consumimos y debemos visibilizarlo y analizarlo críticamente para cambiar patrones culturales y naturalizaciones aceptadas por todos los sectores involucrados: publicitarios, empresas, comunicadores y audiencias integradas por todos y todas.
La censura no es el camino, la publicidad y los contenidos televisivos, radiales y periodísticos además de su papel comercial, tienen la capacidad de hacernos reflexionar sobre situaciones injustas y discriminatorias, promoviendo emoción y alegría , alentando la esperanza o aportando ideas nuevas para problemas cotidianos.
Hacer una apuesta a los mensajes no sexistas en los medios de comunicación implica, aparte de calidad técnica y estética difundir la imagen de personas reales y diversas en sus roles, aspectos, intereses, y estilos de vida, que sean respetuosas de los derechos e integridad y mejor aún que nos propongan una convivencia más democrática y solidaria.
Dado que los medios de comunicación tienen un papel socializador central en esta cultura de imágenes, es preciso generar conciencia crítica para identificar y eliminar los espacios que promuevan desigualdades.
Alentar una lectura crítica de los medios desde la niñez y la adolescencia, instalar el protagonismo de ciudadanas y ciudadanos como consumidores de medios con derechos que deben ejercer, incluir los enfoques de género en la formación de los profesionales de medios de comunicación y trabajar con las empresas en la corresponsabilidad de la transmisión de mensajes no sexistas en la comunicación implica reconocer la existencia y la trascendental importancia de estos nuevos productos culturales, que entran en nuestras vidas influyéndonos fuertemente.
El Decálogo del Instituto Andaluz de la Mujer para identificar la publicidad sexista. En el marco de las políticas de igualdad de oportunidades entre mujeres y varones del Estado Español y la Unión Europea establece:
ES SEXISTA
º Promover modelos que consoliden pautas tradicionalmente fijadas para cada uno de los géneros (Roles)
Fijar unos estándares de belleza femenina considerados como sinónimo de éxito (cuerpo perfecto=éxito)
Ejercer presión sobre el cuerpo femenino a través de determinados tipos de productos que faciliten su dominioy control(Mujer objeto)
Presentar el cuerpo de las mujeres como un espacio de imperfecciones que hay que corregir(canon de belleza)
Situar a los personajes femeninos en una posición de inferioridad y dependencia (mujeres inferiores)
Excluir a las mujeres en las situaciones de mayor relevancia .
Alejar a las mujeres de los espacios profesionales prestigiados socialmente y, por el contrario , asignarles los roles de limpieza , cuidados y alimentación familiar.
(ámbito privado=mujer)
Negar los deseos y voluntades de las mujeres y mostrar como “natural” su adecuación a los deseos y voluntades de los demás (persona sin deseos propios=mujer).
Presentar el cuerpo femenino como objeto, esto es, como valor añadido a los atributos de un dererminado producto:como ser su envoltorio, en definitiva (cuerpo de mujer=objeto)
Mostrar a las mujeres como incapaces de controlar sus emociones y sus reacciones “justificando” así las prácticas violentas que se ejercen sobre ellas (mujeres sin control de sus emociones= histéricas)
Para registrar las publicidades que incurren en estos aspectos sexistas existen en el Observatorio dos formularios de quejas .Uno para particulares y otro para asociaciones. Un teléfono gratuito las 24 hs. Y un espacio específico en la pág. web para recibir opiniones o denuncias de la ciudadanía, entre otros servicios
En Argentina el Senado dio media sanción a un Proyecto Integral contra la Violencia de Género .
La Ley abarca también la violencia mediática, referida a la difusión de mensajes en imágenes estereotipadas a través de cualquier medio masivo de comunicación que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres.
Consideramos como integrantes de Organizaciones de la Sociedad Civil que nuestra tarea es proponer medidas transversales de trabajo , plasmadas en herramientas , que hagan posible el cambio : observatorios, acuerdos regionales , leyes ,entre otras.
Es urgente generar iniciativas que apuesten a un cambio cultural que comprendan e impulsen relaciones paritarias y solidarias entre mujeres y hombres, que se difundan por las redes de mujeres que existen en todos los países y que a través de ellas se establezcan acuerdos de garantías y protección de nuestros derechos a una imagen digna.
Fecha: Sun, 12 Apr 2009 09:43:15 -0300
Email:tatiana_mussato@yahoo.com.ar
Acuerdo y comparto la iniciativa; considero que la Presidenta ha demostrado una gran valentía y respeto institucional al proponernos este debate. Sugiero que en vez de Servicio de interés público, la futura ley sea considerada “Servicio Público” y también, la necesidad de que el texto definitivo del proyecto deje en claro que no hay ninguna limitación a las cooperativas para participar en el nuevo régimen. Que dichas entidades no constituyen monopolios en ningún caso pues, como dijo claramente la Dra. Cristina Fernández de Kirchner durante una audiencia con cooperativistas y mutualistas (mayo de 2008), “decir que una cooperativa es un monopolio constituye una aberración jurídica”. Lamento que en Mendoza el debate y la instancia del foro, que se estaba planteando desde la Universidad Nacional de Cuyo, se haga como una presentación a cargo del Gobernador de la Provincia, lo que considero, resta participación. Un saludo muy cordial y nuevamente, felicitaciones y gracias por la presentación del anteproyecto de ley que ayudará a la consolidación de la democracia y la participación. Tatiana Mussato Mendoza
Fecha: Fri, 10 Apr 2009 22:05:08 -0300
Remitente: “Nicolas Vera Barros (Fibertel)” <nverabarros@fibertel.com.ar>
Estimada Gente del Comfer :
Mi nombre es Nicolás Vera
Barros, soy de la Provincia de Córdoba, de la capital Provincial, hace
algunos días pude conseguir una copia del nuevo proyecto de ley de
Radiodifusión, y para serles sincero no lo leí completo por la magnitud
la ley y el poco tiempo que dispongo para el provecho
jurídico-intelectual, pero aun así he podido sacar provecho de parte de
la ley y por consiguiente algunas inquietudes han surgido en mi persona.
Comienzo mi aventura crítica, intentaré ser sintético para no demandarles demasiado en su tiempo.
1 ) Autoridades de aplicación : En la conformación del consejo
multi-sectorial sigo sin entender la utilidad de la participación de
Asociaciones sin fines de lucro, siendo una figura demasiado amplia,
Seria bueno aclarar que podrán participar asociaciones sin fines de
Lucro, cuyo fin tenga vinculación directa con la radiodifusión.
2 ) Protección al trabajo : Las cuotas de pantalla de cine nacional, en
mi opinion me parece una medida que puede suceder contraria a la
necesidad del consumidor de la radiodifusión, siendo que yo como
ciudadano tal vez no quiera ver ningún porcentaje fijo de cine nacional,
sino tal vez lo que sea bueno, entretenido, educativo, etc. O tal vez lo
que mi subjetividad como consumidor me lo demande, siendo que si en mi señal de cable (pago) en algun horario en particular solamente hay
Productos nacionales y por razones particulares del producto o de mi
Persona no los quiero ver ¿podré plantear mi problema ante la incipiente
figura del defensor del publico?
En cuanto a la cuota de producción nacional en Tv, igualando el
argumento antes esgrimido también se me plantea un problema en cuanto a
la produccion nacional. Un producto “enlatado”, comprado por un Canal de
televisión, para adaptarlo a la TV local debe producirlo, en ese caso
estaríamos viendo un producto extranjero, pero producido nacionalmente,
lo cual escaparia a los porcentajes planteados.
3) Licenciatarios : La reserva del 33 % para las entidades sin fines de
lucro, seria una acción positiva, muy discutida en los últimos años.
Recomiendo leer jurisprudencia norteamericana sobre las teorías de
acción positiva (Bakke vs marbury).
4) En cuanto a los Monopolios, que va a suceder con la reciente fusión
cablevisión - multicanal, no seria bueno un mea culpa del gobierno por
admitir semejante fusión monopólica?
5) Medios Públicos, la participación de las Universidades, me parece que
es un poco complicada, por no tener independencia, las universidades
estatales responden al Poder Ejecutivo, y en cuanto a los objetivos
democráticos, a que se refiere este punto, lo considero un criterio muy
vago. Control Comunitario y social, seria bueno saber que herramienta de aplicación, de penas, prohibiciones, censuras, etc. que van a tener estos organismos
6) Participación Parlamentaria : Defensor del público, es elegido por el
Poder Ejecutivo o por la oposición?
7) Por que el arbitrario numero de 10 licencias, por que no 1, u 8 o 28.
En cuanto a la regulación de la pauta publicitaria, por que solamente
en los medios de TV. Paga, por que no también en la TV. Abierta
9) Transparencia de las licencias, como se logra?
10 ) Accesibilidad : El closed caption ya esta funcionando en algunas
señales de aire y cable, ahora me pregunto, como garantizar ese derecho de accesibilidad a la gente, para que puedan tener tecnología adecuada para gozar de ese derecho.
11) Cine Nacional : Nuevamente me refiero a esto, siendo que si el Cine
Nacional no ofrece nada interesante, por que obligatoriamente tiene que
haber cuota de el mismo., lo mejoraría con un incentivo fiscal o
económico a quienes alienten el Cine Nacional.
12) Tarifa Social : Interesante Punto para garantizar la accesibilidad
de la informacion, pero como se va a regular, en Córdoba las tarifas
sociales de Luz, Agua e impuestos estan regulados con índices oficiales
(Indec), los cuales reflejan que una persona sola que gana 400 pesos,
no puede gozar la tarifa.
Eso seria mi aporte, espero pronta respuesta a mis inquietudes
Atte
Nicolás Vera Barro
32.372.679
Fecha: Thu, 9 Apr 2009 13:00:02 -0300
Remitente: soledad pavesi <solepavesi@hotmail.com>
Intervención del Centro de los Estudiantes de Ciencias de la Información de la UNC, en el Foro de Debate del proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, Córdoba 2009.
Estamos muy contentos de estar acá debatiendo un proyecto de Ley de Servicios de Comunicación porque muchos de nosotros, estudiantes de comunicación, futuros profesionales, trabajadores del periodismo, militantes de la comunicación popular y alternativa, hemos iniciado nuestro trayecto de intervención política a partir de la lucha por la derogación de la Ley 22.285 y la implementación de una nueva ley que defienda la libertad, la participación, la pluralidad y la democracia.
Nuestra alegría se debe también a que siempre las legislaciones sobre comunicación en el país surgieron del acuerdo entre el Estado y los sectores empresarios y del poder económico y hoy esta ley se abre al debate colectivo de la ciudadanía y las organizaciones que la componen.
Estar hoy aquí es el fruto de la lucha que hemos compartido junto a radios comunitarias, organizaciones sociales y de derechos humanos, trabajadores de la comunicación, organizaciones sindicales, docentes y estudiantes de todo el país. Este es un proyecto de ley de todos ellos, de todos nosotros que hemos resistido, pensado propuestas y trabajado para que la comunicación sea un derecho de todos.
Desde el Centro de los Estudiantes de Ciencias de la Información apoyamos esta iniciativa que contempla el trabajo realizado por los 21 puntos propuestos por la Coalición por una Ley de Radiodifusión de la Democracia.
Hoy más que nunca en el marco del sistema actual de medios es necesario el trabajo conjunto para una nueva ley. Es incuestionable la centralidad que tienen los medios de comunicación en la construcción de sentidos sociales sobre los que pasa y somos como país, en la constitución de identidades donde reconocernos. Es por esto que no podemos dejar que este derecho de todos, de expresarnos y recibir información, sea ejercido por unos pocos que desde intereses mezquinos y amparados en su supuesta libertad de expresión nos dicen que nos pasa y qué pensar. Los oligopolios y concentración de medios, aliados con los grandes sectores económicos y de poder, son el impedimento mayor para la expresión de la pluralidad que es la base de toda sociedad democrática.
El acceso a la comunicación es la verdadera garantía de una libertad de expresión para todos los sectores sociales y la pluralidad de identidades de la que está hecho nuestro país.
La propuesta que hoy se pone en debate es de gran importancia porque sería la segunda ley de comunicaciones sancionada en democracia, la única en nuestro país fue durante el segundo Gobierno de Perón. En este sentido es una de las tantas deudas de la democracia terminar con la herencia de la Ley de Radiodifusión 22285 sancionada por la última dictadura militar, ley que no sólo arrastra en su contenido el espíritu de censura y control del gobierno militar sino que muestra claramente, mediante sus casi 200 modificaciones, la intención privatista y liberalizadora de la década menemista y neoliberal. Hoy no sólo ha perdido vigencia en términos de contenido ideológico sino también por el exponencial desarrollo de las tecnologías de la comunicación y la información que hacen que la ley 22.285 sea caduca para el contexto actual.
Apoyamos el proyecto de ley que hoy se presenta porque piensa a la comunicación como un derecho, por lo cual establece entre sus objetivos garantizar y promover el derecho a la información, promover el federalismo y la integración regional, difundir los derechos fundamentales del hombre, disminuir las brechas en el acceso a la educación y las nuevas tecnologías, promover la expresión de la cultura popular y el desarrollo cultural, educativo y social. En fin se promueve el acceso al espectro radioeléctrico en función de criterios democráticos, pluralistas y republicanos.
Entre los puntos que destacamos del proyecto está el avance sobre la desconcentración, reduciendo la cantidad de licencias que puede tener un mismo licenciatario de 24 a 10 (Art. 38), en relación con esto destacamos la creación del registro público de licencias y autorizaciones que nos permite a cada ciudadano conocer los propietarios de los medios y saber de este modo cuáles son los intereses a los que responde. Por otro lado nos parece fundamental que se reserve un 33 % del espectro para el sector público no estatal o sector comunitario sin fines de lucro, y en este sentido manifestamos nuestro compromiso como estudiantes de comunicación para desarrollar instancias de formación para que las organizaciones y sectores populares tengan acceso a la expresión. Así mismo y apostando a la expresión de las múltiples identidades remarcamos la importancia de promover producciones propias que generen fuentes de trabajo para nuestros actores, músicos, directores, guionistas, camarógrafos, técnicos y demás trabajadores de la cultura que día a día trabajan en nuestro medio. Esto mediante las cuotas a la producción y el cine nacional estipulados en los artículos 56 y 58.
Estas son algunos de los puntos que fundamentan nuestro apoyo al proyecto. Sin embargo queremos marcar algunas cosas que podrían mejorarse, ya sea cuestiones que no se plantean o se hace con ambigüedad.
Contenido: Si bien hacíamos referencia a la apuesta que el proyecto hace al establecer contenidos mínimos, creemos necesario profundizar en cuanto a la tarea de control que el órgano regulador realizará sobre los contenidos en general. Un primer punto tiene que ver con la publicidad. Nos preguntamos ¿cómo se identificará a la publicidad subliminal que establece el Art. 69 inc.d, entendiéndola como la que posee actitud para producir estímulos inconscientes presentados debajo del umbral sensorial absoluto? Ahora, ¿cómo controlaremos de manera efectiva la cantidad de publicidad y propaganda que comúnmente transmiten los medios dentro de sus contenidos generales? Esto nos parece importante porque la ambigüedad que no permite discriminar entre la publicidad y los contenidos de producción argumental debe ser saldada a partir de mecanismos claros de control que hoy no encontramos estipulados aquí, esto en aras de avanzar en una clara separación de lo que es estrictamente contenido y la publicidad que muchas veces es incluida dentro de los programas.
Otro punto tiene que ver con la aparición de contenidos mínimos para la niñez, el fomento a los derechos de la mujer, los contenidos mínimos para adolescentes y adultos de la tercera edad. Si bien la ley hace referencia a esto, sólo se establece en el artículo 106 que los medios públicos deben destinar contenidos a “sectores de la población no contemplados por el sector comercial”, despojando a quienes más influencia tienen en el espectro que son los medios comerciales de este objetivo. Nos parece que avanzar en una mejora integral de contenidos debería estipular obligaciones también a los medios comerciales y establecer un mecanismo de control más específico para con las violaciones que puedan aparecer en los medios acreditados para explotar las frecuencias según lo estipula el proyecto. ¿Por qué los medios privados no tendrían que producir contenidos para todos los sectores sociales?
Reserva del espectro: Otra de las dudas que nos aparecían cuando veíamos el actual proyecto tiene que ver con la reserva del espectro. La ley estipula una reserva del 33% para el denominado tercer sector ¿Qué pasa con el 77 % restante? ¿Cuáles serán los parámetros con los que se direccionará el otorgamiento de esas licencias? Volviendo a aquel 33%, también nos preguntamos sobre la sustentabilidad de medios comunitarios para que puedan efectivamente utilizar ese espacio. ¿No debería el Estado Nacional garantizar efectivamente mediante algún tipo de subsidio la posibilidad para que estos medios se desarrollen? Digo porque la pluralidad más que pregonarse debe ejercerse y para eso hace falta garantizar algunas herramientas. También pensando en la sustentabilidad de los medios comunitarios planteamos el desacuerdo con el artículo 138 que establece como requisito para ser locutor, operador y demás oficios un título terciario o universitario, esto porque sabemos que en la práctica muchas radios comunitarias o de comunidades campesinas y aborígenes son sostenidas por los vecinos y habitantes de la comunidad, generando no sólo acceso a la comunicación sino también un trabajo, muchos de ellos no tuvieron posibilidades de acceder a la educación superior. Nos parece que no se puede excluir al derecho de la comunicación a personas que ya son excluidas de otros derechos, como ser el de la educación.
Digitalización: Nos preocupa, de todas formas la ausencia de regulaciones concretas sobre la digitalización. Es un punto que nos aparece central señalar por dos cuestiones, la primera es que esta modificación tecnológica parece inminente y esto provocaría ampliar las barreras de las transmisiones en radio y televisión, casi quintuplicando las frecuencias. Y por otro lado, que se deriva directamente de lo que recién decía, es que el aporte económico que el acceso a las tecnologías necesarias requiere, despoja a los medios comunitarios y populares del acceso a una franja de frecuencias que los vuelve a dejar relegados en las posibilidades de acceso. Es necesario avanzar en este tema para garantizar el equilibrio buscado en lo que refiere al espíritu del actual proyecto.
En fin, nos parece necesario trabajar en los huecos que aparecen en el proyecto, con el que en líneas generales coincidimos y apoyamos. Pero remarcamos también que este gran paso que se está dando deberá acompañarse de militancia, de discusiones, de instancias permanentes porque solamente si como sociedad nos comprometemos a defender nuestros derechos, lograremos conquistarlos. Necesitamos esta ley y de nosotros depende.
Remitente: “M. Victoria Martin” <mvmartin@perio.unlp.edu.ar>
Destinatario: “portal@correocultura.gov.ar”
Mi nombre es María Victoria Martin y soy docente de comunicación en la
Universidad Nacional de La Plata y la Universidad Nacional de Quilmes;
también doy clases en distintos polimodales de la ciudad de La Plata.
Les escribo para pedirles me envíen un mapa actualizado de los multimedios en el país, si es que cuentan con el mismo. Con vistas al debate sobre el Proyecto de Servicios Audiovisuales, es un tema transversal a las asignaturas que dicto, y, como todos los años, les pido a los alumnos que hagan un listado con sus principales consumos mediáticos/culturales y luego, como en el “bingo”, leo qué medios pertenecen a cada empresa (de este modo, marcan cuáles están concentrados). El problema con el que me encuentro que el último mapa disponible es de 2005 (aunque contemplé, por ejemplo, la adquisición de Clarín de una parte de Cablevisión). NO se imaginan la sorpresa de los alumnos al ver desde dónde es necesario discutir quiénes son los dueños de los medios.
Muchas gracias,
María Victoria Martin
Facultad de Periodismo y Comunicación Social- Universidad Nacional de La Plata
Universidad Nacional de Quilmes
Fecha: Tue, 7 Apr 2009 13:29:13 -0300
Remitente: “OSCARADIO” <oscaradio@arnet.com.ar>
SUGERENCIA-PARA INCLUIR EN LA LEY FEDERAL DE RADIDIFUCION
Sería fundamental e importante, en la nueva Ley de Radiodifusión, tener en cuenta en una porción de Banda de FM- o más bien en las puntas de Banda (-88 o +108 Mhz.)- dejar en esa porción un par de Frecuencias Libres- las que pertenecerán al Gobierno de la Nación o en su delegación al Gobierno de la Provincia (Podrán ser designadas) a una Radio de FM, que dependerá de dichos Gobiernos, a cargo de la Protección o Defensa Civil de la zona. Región y/o Pcia. (También y a su designación podrán colaborar en el sostenimiento y uso, las Entidades que por su afinidad estén relacionadas a la Protección y/ o Defensa Civil, ya sea Nacional, Provincial y/o Municipal.)
Esta importante sugerencia fue realizada a través de mi experiencia como Radioaficionado- Bombero Voluntario- Especialidad de Técnico en Telecomunicaciones en Emergencias, y notar la falta de comunicación entre las Autoridades Actuantes y la Población. Dado que ante una eventual Catástrofe, Evento adverso y/o Emergencia en un lugar, región o Municipio afectado estaríamos capacitados para brindar un enorme, rápido e importante Servicio a la Zona Afectada, téngase en cuenta que a través de dicha frecuencia exclusiva de Radio FM, más aun si la población conoce la la posición en el Dial, esta sirva de nexo ya sea como Prevención, Aviso, y/o recomendaciones ante eventuales Emergencias- Epidemias, etc. ( siempre dentro del marco de la Protección o Defensa Civil, quien es la que coordina en estos casos. Dicha Radio sería puesta en marcha ante dichos Eventos adversos. También y para mantener la frecuencia en uso se podría pasar material de Prevención, Recomendaciones, Meteorología, estado de las Rutas etc. También ante una eventual Emergencia, esta Radio podría ser retransmitida para tener una cobertura aún mayor y ser más eficiente.
Quedo a V. disposición para ampliar esta Idea y lograr concretarla materialmente en un futuro, esperando haber sido útil ante tan importante posibilidad de lograr nuestra Ley de Radiodifusión.-Atte.
OSCAR V. HEINRICH
Técnico Superior S.P. Especialidad
Telecomunicaciones en Emergencias
Tel Cel. 0343-156211723
Correo: oscaradio@arnet.com.ar
P./D. El suscripto actualmente Asesora en el Tema a la Municipalidad de Paraná -Dir. Tránsito- Dir. Defensa Civil Municipal y Provincial, colabora con el Dpto. Comunicaciones de la Dirección Nacional de Protección Civil, y Aero Club Paraná.-
Fecha: Mon, 6 Apr 2009 12:28:02 -0700 (PDT)
Néstor Banega <nestorbanega@yahoo.com.ar>
Propuesta para el anteproyecto de ley de comunicación audiovisual
Entregado en el encuentro realizado en la ciudad de Paraná el día 6 de abril de 2209.
Néstor Banega
DNI 18182658
1 - Acceso a contenidos de personas con discapacidad. Se debe poner un plazo, que puede ser dentro de los 18 meses a partir de la entrada en vigencia de la nueva ley. Se trata de lograr que lo antes posible se resuelva en forma favorable una necesidad de un grupo de personas que desde hace mucho lo viene demandando.
2 - OBLIGATORIAMENTE LAS PERMISIONARIAS DE LICENCIAS DE SERVICIOS DE TELEVISION POR CABLE, DEBERAN DAR AL SERVICIO EN FORMA GRATUITA A ESCUELAS PUBLICAS DE GESTION ESTATAL, DE TODOS LOS NIVELES. DEBERAN INCLUIR TAMBIEN EN FORMA GRATUITA LOS SERVICIOS CONEXOS QUE OFREZCAN EN LA ZONA EN QUE SE ENCUENTRA CADA ESTABLECIMIENTO.
Artículo 18: Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento. Debería brindar informes bimestrales sobre su actividad, debiendo hacerlo a través de la página web del Congreso de la Nación. Además debe ser obligatorio para la misma la realización de reuniones regionales, al un encuentro cada dos meses, para que en diferentes provincias se pueda acceder de primera mano a los resultados de su actividad.
Artículo 19: Defensoría del Público (inciso f: ) cada bimestre, agrupando provincias, regiones, una reunión, cambiando siempre ciudad y provincia. (Inciso c) Ámbito participativo con alcance regional y permanente, uno por cada region. En cada reunión regional, ejemplo, región centro, deberá estar presente un representante del mismo.
Artículo 16: Consejo Federal. (Inciso g) dos años, reelegidos solo por una vez. El Presidente y Vicepresidente pueden ser reelegidos solo por una vez, sin poder sucederse mutuamente salvo por intermedio de un período, no pudiendo volver a desempeñar el cargo una vez ocupado por dos periodos consecutivos.
Artículo 20: Por una y única vez, quien ejerza este cargo por dos períodos consecutivos no podrá volver a ocuparlo.
Artículo 85: 5 % (cinco por ciento) a distribuirse entre las Universidades que cuenten con medio de difusión propio, de cualquier tipo y alcance y a la vez tengan en su Órbita carreras de Comunicación Social, Periodismo o relacionadas con la comunicación audiovisual, para financiar investigaciones relacionadas con el funcionamiento del sistema propuesto por la ley. Quedando para la Sociedad del Estado el 27 por ciento en lugar del 30 del anteproyecto y el 25 por ciento para la autoridad Federal, en lugar del 27 del anteproyecto.
Fecha: Sun, 5 Apr 2009 14:11:54 +0200
Remitente: Veronica Barneau <vbarneau@gmail.com>
ANTE PROYECTO DE LA CREACIÓN DE UN “COLEGIO DE PERIODISTAS”
El espíritu del nuevo órgano con su correspondiente aprobación de apertura establece que, la naturaleza de un Colegio es distinta, a los fines que tienen las entidades vinculadas al quehacer de los integrantes de prensa-
A nivel jurídico una cosa es el Colegio, que tiene una regulación determinada y otra cosa son las Asociaciones o Gremios, que mantendrá una regulación paralela y simultanea a esta creación con marco legal pautando leyes claras para los periodistas.
El siguiente es un esbozo de la interpretación, articulando luego todos los mecanismos de rigor para consensuar entre todos una ley que nos lleve al camino de “colegiar” ésta profesión.
Ante la apertura democrática con la nueva Ley de Comunicación Audiovisual, comprendemos que el rol y status del periodista profesionalizado debe estar garantizado a través de la fuerza de un COLEGIO DE PERIODISTAS
Este tendrá como función básica, incorporar a los profesionales periodistas de todo el país, generar lineamientos concentrándose en la labor, rol y status del periodista.
No interfiere con los Sindicatos, Gremios, Agrupaciones y/o Asociaciones Periodísticas, su labor es coexistir junto con ellas para fomentar políticas claras que permitan el mejor funcionamiento profesional.
Para ello y como en otras actividades, ejemplo, Colegio de Abogados, Colegio de Escribanos, etc., rescatamos el espíritu legislativo de estos volcando su experiencia en la labor de colegiar profesionales.
Abrir el debate a la sociedad es la forma más adecuada de dar marco legitimo a este ante-proyecto que desea ser acompañado por estudiantes de la comunicación, profesionales del medio, profesores y entendidos en materia de elaboración de estatutos generales a los que el periodismo deberá estar inserto , como así también la reglamentación de multas o penas dependiendo de la gravedad de la falta en el profesional de prensa
Sin lugar a dudas nuestro país a crecido lo suficiente y juntamente con él los sistemas de información, de esta manera reclamar que al igual que la incorporación de locutores es imprescindible se hace también imprescindible en un medio comunicacional la presencia de un periodista siempre que se traten temas relacionados a ésta profesión, de forma tal que vemos con agrado una normativa que adopte similitud para los periodistas con títulos Terciarios u/o Universitarios siempre de carácter oficial, Esto es traducir trabajo para los periodistas y por ello la necesidad de un Colegio de Periodistas
Por lo expuesto es que convocamos a las autoridades, los Sindicatos, y los trabajadores de Prensa como así también a los profesionales de prensa a elaborar entre todos un COLEGIO DE PERIODISTAS que sepa reunir la cualidades de ética, servicio, legislación, promociones educativas-culturales, que garantice al profesional su inserción laboral, contenido bajo un marco legal compuesto por diferentes sectores relacionados a la actividad periodística
Héctor Rosa -Genniol- Actor y Músico
Verónica Barneau
Periodista -Profesora de Periodismo. Cátedra de Política Institucional - CEP de Avellaneda- (Oficial)
Fecha: Sun, 5 Apr 2009 01:57:06 -0100
Remitente: “RAUL MARTI” <raul_marti@ciudad.com.ar>
Quiero acercarles mi inquietud:
Algo hay que hacer con la publicidad. Desde su invasividad hasta sus contenidos. Hoy no podemos evitarla de ninguna manera y los mensajes para fomentar el consumo de tal o cual cosa no reparan en reglas morales, éticas, ni de ningún otro tipo.
Tomando el ejemplo de Francia: cuando termina el bloque de programa aparece un cartel que dice “publicite”. Es el aviso para que si no queremos ver el comercial saquemos la vista de la TV.
Acá, en medio del programa, aparece el actor o el conductor con un frasco de jarabe y siguiendo con el guión nos mezcla la publicidad en el medio, inevitable y no deseada.
En las transmisiones de fútbol no sólo tenemos los carteles de la cancha con movimiento, brillantes y multicolores que no dejan ver a los jugadores, sino que de golpe 1/3 de la pantalla, conviviendo con los logos, se convierte en publicidad con audio y todo. Muchas veces incluso aparecen imágenes grabadas de la tribuna en ese momento, para asegurar la atención, no transmitiendo lo que pasa en el campo de fútbol.
De los chivos de Olmedo a la realidad actual podría pensarse que hubo una ley de radiodifusión intermedia posterior a la de la Dictadura pero sólo le avisaron a algunos pocos.
En cuanto a los contenidos es terrorífico. En un país que se automedica per se, los medicamentos se publicitan como golosinas. Bayer mezcló triunfo social con la costumbre de tomar aspirinas. “Y todo bien” terminaba diciendo.
Los alimentos se publicitan como remedios infalibles. Los comerciales de la Serenísima, con su sicopateo permanente, medidos por mí en pautas en C5N constituyendo el 75% muchas veces del bloque publicitario, es un ejemplo exacto de lo que menciono. En una histeria colectiva con la gordura, nos hacen confundir hinchazón con gordura. Peter Capusotto y sus videos grafica esto mucho mejor que yo.
Comerciales como el de la colegiala de 2020, en un país con trata de menores y turismo sexual, estuvo meses en pantalla, antes y después de la violación de la colegiala en Núñez.
Veo mucha televisión. Podría mencionarles infinidad de ejemplos como este. La gente consume horas de mensajes publicitarias puestos en todos los rincones de la pantalla, las cuales cada vez las hacen más grandes, tal vez para eso, invadiendo el interés original del individuo en el producto televisivo que se pretende ver. Publicidades con contenidos perversos, directos y subliminales, sin la salvaguarda del impacto en la sociedad que los recibe.
Raúl Martí
Buenos Aires
Argentina



